Decreto 276/2009, de 16 de junio, por el que se aprueba el Plan Anual de la Cooperación Andaluza.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Andalucía, en su artículo 10.3.23.º, define como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma «la cooperación internacional con el objetivo de contribuir al desarrollo solidario de los pueblos». Asimismo, el Capitulo V del Título IX del texto estatutario, que se refiere a la Cooperación al Desarrollo, establece en el apartado 1 de su artículo 245 que «el pueblo andaluz participa de la solidaridad internacional con los países menos desarrollados promoviendo un orden internacional basado en una más justa distribución de la riqueza». El apartado 2 de este mismo artículo expresa que la «Comunidad Autónoma de Andalucía desplegará actividades de cooperación para el desarrollo en dichos países, dirigidas a la erradicación de la pobreza, la defensa de los derechos humanos y la promoción de la paz y los valores democráticos, particularmente en Iberoamérica, el Magreb y el conjunto de África». El artículo 247 recoge que «la Junta de Andalucía impulsa y coordina las acciones exteriores de las Corporaciones locales, de los organismos autónomos y de otros entes públicos de Andalucía en materia de cooperación exterior, respetando la autonomía que en cada caso corresponda».

El artículo 6 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo establece que la política de la Junta de Andalucía en materia de cooperación internacional para el desarrollo se articula mediante el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, los Planes Anuales y los Programas Operativos por países. Dicho artículo expresa que los Planes Anuales desarrollarán los objetivos prioridades y recursos contenidos en el Plan Andaluz para el ejercicio correspondiente.

El artículo 11.1 de la referida Ley 14/2003, de 22 de diciembre, señala que corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del Plan. Por su parte el artículo 12.a) de dicha Ley atribuye a la Consejería competente en materia de coordinación de la cooperación internacional para el desarrollo, entre otras funciones, la elaboración y seguimiento del Plan.

Por Decreto del Consejo de Gobierno 163/2009, de 19 de mayo, por el que se define la Estructura Orgánica de la Consejería de la Presidencia se establece que corresponde a dicha Consejería, a través de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional, la coordinación y asesoramiento de las actuaciones de la Junta de Andalucía en materia de cooperación internacional para el desarrollo.

El artículo 5 de la Ley 2/2006, de creación de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, señala, entre otras funciones de la Agencia, proponer a la Consejería a la que esté adscrita el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, los Planes Anuales y los Programas Operativos. El mismo tenor expresa el artículo 6 del Decreto 1/2008, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

El artículo 14.3.c) de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, establece que corresponde a la Comisión de Cooperación para el Desarrollo aprobar la propuesta del Plan Andaluz de Cooperación, de los planes anuales y de los programas operativos, elaborados por la Consejería competente en materia de coordinación de la cooperación internacional para el desarrollo. El artículo 13.3.a) de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, establece que corresponde al Consejo Andaluz de Cooperación Internacional para el Desarrollo informar el proyecto del Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, de los planes anuales y de los programas operativos.

La Comisión de Cooperación para el Desarrollo ha aprobado la propuesta de Plan, en su reunión de 23 de marzo de 2009. Asimismo, el Consejo Andaluz de Cooperación Internacional para el Desarrollo ha informado favorablemente el proyecto de Plan, en su reunión de 23 de marzo de 2009.

En su virtud, previo informe de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Planificación, a propuesta del Consejero de la Presidencia, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de junio de 2009.

DISPONGO

Artículo Único Aprobación del Plan Anual de la Cooperación Andaluza 2009.

Se aprueba el Plan Anual de la Cooperación Andaluza como instrumento de planificación y coordinación de todas las actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de cooperación internacional para el desarrollo para el año 2009, cuyo texto se adjunta en Anexo.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de la Presidencia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de junio de 2009.

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO ÁVILA CANO

Consejero de la Presidencia

ANEXO. PLAN ANUAL DE LA COOPERACIÓN ANDALUZA 2009

Í N D I C E

Listado de acrónimos.

Presentación.

Lógica de planificación.

Objetivo 1: Generar procesos de desarrollo en las áreas geográficas prioritarias de la cooperación andaluza.

Cooperación bilateral (POPP).

Enfoque regional: integración centroamericana y actuaciones sectoriales regionales (POCER y POCES).

Programa Operativo con Enfoque Regional para el Sistema de la Integración Centroamericana (POCER SICA).

Fortalecimiento de los sistemas de salud pública de los países iberoamericanos con la OPS (POCES de Salud Pública).

Enfoque continental.

Cooperación Sur-Sur.

Previsiones presupuestarias por países prioritarios.

Objetivo 2: Consolidar la Acción Humanitaria Andaluza.

Línea Prioritaria 1: Integración de la Acción Humanitaria como elemento fundamental de la Política de Cooperación al Desarrollo andaluza.

Línea Prioritaria 2: Diseno de mecanismos de coordinación de las actuaciones de Acción Humanitaria.

Objetivo 3: Fortalecer la Educación para el Desarrollo de la población andaluza.

Línea Prioritaria 1: Intervención en procesos educativos.

Línea Prioritaria 2: Sensibilización.

Línea Prioritaria 3: Cultura de Paz.

Objetivo 4: Mejorar el ciclo de la cooperación andaluza.

Línea Prioritaria 1. Mejora de la planificación andaluza.

Línea Prioritaria 2. Mejora de los mecanismos de gestión y ejecución de la cooperación andaluza.

Línea Prioritaria 3. Mejora de los mecanismos de seguimiento y evaluación de la cooperación andaluza.

Objetivo 5: Mejorar las capacidades de los agentes de la cooperación internacional y apoyar sus intervenciones.

Línea Prioritaria 1. Participación de los agentes andaluces en el desarrollo del PACODE y Línea Prioritaria 2. Apoyos específicos a los agentes andaluces según sus características y funciones.

Línea Prioritaria 3. Apoyo al voluntariado y a los cooperantes.

Línea Prioritaria 4. Coordinación con los agentes andaluces.

Línea Prioritaria 5. Fortalecimiento de la capacidad de los agentes andaluces (Formación e investigación).

Anexo 1 Tabla de medidas del PACA 2009.
Anexo 2 Marco presupuestario (previsiones).

Listado de acrónimos

AACID: Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

AECID: Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

AH: Acción Humanitaria.

AOD: Ayuda Oficial al Desarrollo.

BOJA: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

CACID: Consejo Andaluz de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

CAD: Comité de Ayuda al Desarrollo.

CAONGD: Coordinadora Andaluza de ONGDs.

CEA: Confederación de Empresarios de Andalucía.

CEPES: Confederación de Entidades de la Economía Social.

CIPD: Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo.

ECHO: Oficina de Ayuda Humanitaria de la Comisión Europea

ED: Educación para el Desarrollo.

FAMP: Federación Andaluza de Municipios y Provincias

FAMSI: Fondo Andaluz de Municipios por la Solidaridad Internacional.

LACID: Ley Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo 14/2003, de 22 de diciembre.

OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.

OCHA: Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas.

OMS: Organización Mundial de la Salud.

ONGDs: Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.

OPS: Organización Panamericana de la Salud.

PACA 2009: Plan Anual de la Cooperación Andaluza 2009.

PACODE 2008-2011: Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo.

POAH: Programa Operativo de Acción Humanitaria.

POCER: Programa Operativo con Enfoque Regional.

POCES: Programa Operativo con Enfoque Sectorial.

POED: Programa Operativo de Educación para el Desarrollo.

POFI: Programa Operativo de Formación e Investigación.

POPP: Programa Operativo por País Prioritario.

RACDA: Registro de Agentes de la Cooperación Andaluza.

SEGIB: Secretaría General Iberoamericana.

SICA: Sistema de Integración Centroamericana.

Presentación

El año 2008 ha supuesto para la cooperación andaluza el comienzo de un nuevo ciclo de planificación, iniciado con la aprobación del Plan Andaluz de la Cooperación para el Desarrollo 2008-2011 (PACODE), que constata la apuesta de la Junta de Andalucía por contribuir a la generación de procesos de desarrollo y progreso en los países más necesitados.

Para ello se pone a disposición de otros pueblos la experiencia del proceso de desarrollo experimentado en Andalucía y del que son protagonistas, en particular, todos los agentes andaluces de la cooperación y, en general, todos los andaluces y andaluzas.

En desarrollo del PACODE, los Planes Anuales de la Cooperación Andaluza (en adelante PACA) recogen sus objetivos, prioridades y recursos indicativos...

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