Decreto 369/2011, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada y se crea su comisión de seguimiento.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Obras Públicas y Vivienda
Rango de LeyDecreto

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene, conforme dispone el artículo 56.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio. Por otro lado, el artículo 47.1.1.ª de dicho Estatuto reconoce a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva sobre el procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma, la estructura y regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos.

En ejercicio de esta competencia, el Consejo de Gobierno, mediante Decreto 59/2006, de 14 de marzo, acordó la formulación del Plan de Ordenación del Territorio del Litoral de Granada, a redactar conforme a lo previsto en los Capítulos II y IV del Título I de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Una vez redactado el documento del Plan, se ha dado cumplimiento a los trámites de información pública y de audiencia, previstos en el artículo 13.5 de la Ley 1/1994, de 11 de enero. Así mismo, se ha cumplimentado en la tramitación del Plan el procedimiento de evaluación ambiental conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

En la Comisión de Redacción celebrada en Granada el 15 de diciembre de 2009 se acordó por unanimidad proponer que el Plan formulado mediante Decreto 59/2006, de 14 de marzo, pase a denominarse Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada.

El Plan ha sido conocido e informado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada y por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 7.2 del Decreto 59/2006, de 14 de marzo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Vivienda, conforme al artículo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 13.6 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, y por el artículo 3.1.b) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, una vez examinado el Plan por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 20 de diciembre de 2011,

DISPONGO

Artículo 1 Modificación de la denominación del Plan.

El Plan de Ordenación del Territorio del Litoral de Granada formulado mediante Decreto 59/2006, de 14 de marzo, se denominará Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada.

Artículo 2 Aprobación del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada.

Se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada que se inserta a continuación de este Decreto, cuyo ámbito territorial comprende íntegramente los términos municipales de Albondón, Albuñol, Almuñécar, Los Guájares, Gualchos, Ítrabo, Jete, Lentegí, Lújar, Molvízar, Motril, Otívar, Polopos, Rubite, Salobreña, Sorvilán y Vélez de Benaudalla.

Artículo 3 Creación, composición y funciones de la Comisión de Seguimiento del Plan....

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