DECRETO 31/2005 de 8 de febrero, por el que se establecen las normas de aplicación a las ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrarias.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 31/2005 de 8 de febrero, por el que se establecen las normas de aplicación a las ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrarias.
Por parte de nuestra Comunidad Autónoma se ha llevado a cabo una regulación de las ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias a través del Decreto 127/1998, de 16 de junio, el cual comprende dos tipos de ayudas: para fomentar la forestación de tierras agrarias (Capítulo II) y para mejorar las superficies forestales enexplotaciones agrarias y mejora de montes de alcornocal (Capítulo III).
Dichos capítulos II y III han sido desarrollados, respectivamente, por las Ordenes de 5 de agosto de 1998 y de 30 de julio de 1998, siendo la última convocatoria de ayudas, larealizada para el año 1998.
Asimismo, hay que tener en cuenta que el Decreto 127/1998, de 16 de junio, respondía a la normativa comunitaria vigente entonces, constituida por el Reglamento (CEE) 2080/1992 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura, articulado para España a través del Real Decreto 152/1996, de 2 de febrero.
Actualmente, el régimen de ayudas a la forestación de tierras agrarias, previsto en el capítulo II del Decreto 127/1998, se regula en el Reglamento (CE) núm. 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre ayudas al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA), el Reglamento (CE) núm. 817/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones
de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1257/1999 del Consejo, y los Reales Decretos 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas, y 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.
Los cambios operados en la normativa comunitaria y básica estatal a la que se ha hecho referencia, así como la conveniencia de establecer nuevas convocatorias de las ayudas a la forestación de tierras agrarias, dentro del actual marco jurídico, hacen conveniente adaptar la regulación de esta modalidad de ayudas, remitiendo su desarrollo normativo a la Consejería competente por razón de la materia en cuanto a las especies...
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