RESOLUCION de 11 de septiembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada Colada del Almarchal, desde la Cortijada de la Zarzuela hasta la Cortijada del Almarchal, en el término municipal de Tarifa, provincia de Cádiz.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 11 de septiembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada Colada del Almarchal, desde la Cortijada de la Zarzuela hasta la Cortijada del Almarchal, en el término municipal de Tarifa, provincia de Cádiz. (V.P. 233/98).

Examinado el Expediente de Deslinde Parcial de la Vía Pecuaria «Colada del Almarchal», desde la Cortijada de la Zarzuela hasta la Cortijada del Almarchal, sita en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La Vía Pecuaria antes citada, a su paso por el término municipal de Tarifa, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 25 de mayo de 1965 con una anchura de 50 metros y una longitud de 14.600 metros dentro del referido término municipal.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz, por Orden de 14 de mayo de 1997 del Consejero de Medio Ambiente.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 9 de julio de 1997, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de 7 de junio de 1997.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Quinto. A dicha Proposición de Deslinde se presentaron alegaciones por parte de los siguientes:

-Don Antonio Gázquez Sánchez.

-Don Ignacio Macías Reina.

-Don Antonio Barrios Serrano.

-Don Manuel Romera Gázquez.

-Doña María Luisa Ruiz Cana.

Las alegaciones formuladas por los antes citados se podrían resumir según lo siguiente:

-Aportación de documentos privados de propiedad, y autorizaciones administrativas.

-Disconformidad, de carácter técnico, con el presente deslinde.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 28 de julio de 1999, emitió el preceptivo Informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde, en virtud de lo establecido en...

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