RESOLUCION de 12 de junio de 1992, de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera, por la que se convocan becas dentro del Programa de Formación de Personal para la Investigación y el Desarrollo Agroalimentario y Pesquero de la Consejería. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyResolución

La Orden de 28 de Mayo de 1992 de la Consejería de Agricultura y Pesca define el marco del Programa de Formación del Personal para la Investigación y el Desarrollo Agroalimentario y Pesquero, y a su amparo, la Dirección General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera, vista la Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía para 1992, la normativa sobre becas y ayudas al estudio y previo informe de la Consejería de Educación y Ciencia.

HA RESUELTO

  1. Efectuar convocatoria pública para asignar becas de los siguientes tipos:

    Tipo B.1.: Tecnologías específicas, para la realización de proyectos de investigación y desarrollo pesquero y acuícolas para titulados superiores.

    Tipo B.3.: Especialización, para la realización de estudios o investigaciones científicas y tecnológicas de elevado nivel, para doctores universitarios o titulados superiores de demostrada experiencia en tecnologías específicas pesqueras y acuícolas.

  2. De acuerdo con el apartado 2.2 de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de fecha 28 de Mayo de 1992 las dotaciones de las becas serán:

    Tipo B.1.: 95.000 ptas./mes.

    Tipo B.3.: 127.000 ptas./mes.

  3. El número de becas que se convocan es el siguiente:

    22 becas de tecnologías específicas, de 12 meses de duración.

    12 becas de especialización, que tendrán una duración de tres años, renovables anualmente.

    Las becas convocadas podrán prorrogarse en su caso de acuerdo con lo establecido en el mismo apartado de la Orden antes mencionada.

  4. Las becas podrán tener una dotación complementaria de hasta 50.000 ptas./año y becario para el tipo B.1. y de 80.000 ptas./año y becario para el tipo B.3., para la cobertura de un seguro individual de salud, accidentes y gastos de desplazamientos.

  5. Las solicitudes, cuyo modelo se adjunta en el Anejo V, dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera, deberán tener entrada en el Registro de la Consejería de Agricultura y Pesca, sita en la calle Juan Lara Nieto, Nº

    1, 41071 - Sevilla, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y artículo 51 de la Ley 6/1983, de 21 de Julio, del Gobierno y la Administración de las Comunidades Autónomas de Andalucía dentro de los veinte días a partir de la publicación de esta Resolución en el BOJA. A las solicitudes deberán acompañar:

    1. Copia compulsada del título académico o de los documentos acreditativos de haber...

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