DECRETO 8/2003, de 21 de enero, por el que se acuerda la formulación del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2005.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 8/2003, de 21 de enero, por el que se acuerda la formulación del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2005.

La Constitución Española establece, en su artículo 47, como un principio rector de la política social y económica, el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada. Asimismo, especifica que los poderes públicos son los responsables de promover las condiciones necesarias y de establecer las normas adecuadas para hacer efectivo este derecho.

En cumplimiento de dicho mandato y dentro del marco constitucional de distribución de competencias en esta materia, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha desarrollado sucesivos planes de vivienda y suelo que han completado la actuación del Estado. El último de ellos ha sido el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo aprobado mediante el Decreto 153/1999, de 29 de junio, cuya ejecución ha supuesto, hasta ahora, la construcción, rehabilitación y puesta en el mercado de más de 150 mil viviendas, superándose con ello las 500 mil actuaciones en materia de vivienda y suelo desde la asunción de dichas competencias por la Comunidad Autónoma.

La evolución del precio del suelo y la vivienda en los últimos años ha venido excluyendo a amplios sectores de la población del mercado de la vivienda, dificultando su acceso a este derecho. Este problema ha sido insuficientemente abordado, por lo que respecta a Andalucía, en el Plan Estatal de Vivienda y Suelo 2002-2005, aprobado por el Real Decreto

Sevilla, 24 de enero 2003

1/2002, de 11 de enero, al asignar a la Comunidad Autónoma un cupo sensiblemente inferior a sus necesidades de viviendas sociales. Así, el cupo de viviendas protegidas de nueva planta inicialmente asignado a Andalucía ha descendido un 62% con respecto al anterior Plan 1998-2001. Todo ello, unido a que Andalucía concentra el 20% de la población española menor de 35 años, colectivo que en mayor medida demanda una primera vivienda, obliga a la Administración autonómica a reforzar las políticas de intervención en dicho mercado.

Por otra parte, el Parlamento de Andalucía ha aprobado la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Entre los principales contenidos de esta norma, que entró en vigor el 20 de enero de 2003, destaca la reserva de un 30% de suelo para vivienda protegida en las áreas metropolitanas y en los municipios de relevancia territorial, además de configurar un conjunto de mecanismos que facilitan la acción pública en el mercado del suelo.

La puesta en marcha de los instrumentos previstos en la citada Ley, que facilitará una mayor disponibilidad de suelo para vivienda protegida, así como la aparición de las distintas figuras de agentes recogidas también en la Ley, que permitirá una gestión más ágil del...

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