ORDEN de 25 de julio de 2006, por la que se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes para el año 2006, de las Ayudas al Autoempleo establecidas por la Orden que se cita.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 25 de julio de 2006, por la que se abre un nuevo plazo de presentaciÛn de solicitudes para el aÒo 2006, de las Ayudas al Autoempleo establecidas por la Orden que se cita.

PREAMBULO

Mediante la presente se abre un nuevo plazo de presentaciÛn de solicitudes para el aÒo 2006 de las ayudas establecidas por la Orden de 6 de mayo de 2005, por la que se desarrollan y convocan determinadas lÌneas de ayuda al autoempleo al amparo de lo dispuesto en el Decreto 141/2002, de 7 de mayo.

En consecuencia, y en uso de las facultades conferidas, y a propuesta de la DirecciÛn General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la ConsejerÌa de Empleo,

DISPONGO

ArtÌculo Unico Segundo plazo de presentaciÛn de solicitudes para el aÒo 2006.
  1. Desde el dÌa uno de septiembre hasta el dÌa uno de octubre, ambos inclusive, de 2006 podr·n solicitar las ayudas al inicio de actividad establecidas por el CapÌtulo II de la Orden de 6 de mayo de 2005, por la que se desarrollan y convocan determinadas lÌneas de ayuda al autoempleo al amparo de lo dispuesto por el Decreto 141/2002, de 7 de mayo, todas aquellas personas que se hubieran dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios asÌ como en el RÈgimen Especial de Trabajadores AutÛnomos de la Seguridad Social, o aquel que legal o estatutariamente le corresponda, entre el 28 de abril y el 30 de septiembre, ambos inclusive, de 2006.

  2. Igualmente, en el mismo plazo, podr·n solicitar las ayudas establecidas por el CapÌtulo III de la citada Orden de 6 de mayo de 2005, todas aquellas personas constituidas como autÛnomas que hubieran procedido a efectuar la/s primera/s contrataciÛn/es laborales de car·cter indefinido y a jornada completa o la transformaciÛn/es de contrato/s de duraciÛn determinada en indefinido, simult·neamente, durante el mismo perÌodo descrito en el apartado anterior.

    A los efectos de la presente convocatoria, las actividades contempladas por el artÌculo 13 de la Orden de referencia tendr·n car·cter preferente.

  3. Para poder ser beneficiario de las lÌneas de ayuda seÒaladas en los apartados anteriores, las personas solicitantes habr·n de cumplir los requisitos establecidos por la citada Orden de 6 de mayo de 2005 y no encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusiÛn descritos por ella, sin perjuicio de lo dispuesto en el p·rrafo...

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