ORDEN de 8 de septiembre de 2006, por la que se regulan los Premios «C» de Consumo de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 8 de septiembre de 2006, por la que se regulan los Premios «C» de Consumo de Andalucía. La preocupación por la defensa y protección del consumidor cobra cada vez mayor importancia en nuestra sociedad y tiene como objetivo una mejora de la calidad de los bienes y servicios que se ofertan, así como una mayor garantía en la protección de los intereses económicos y sociales de los consumidores.

El papel que la Administración Autonómica ha desempeñado en este proceso ha sido muy activo en cuanto titular de la competencia exclusiva de defensa del consumidor y el usuario que el artículo 18.1.6.º del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se ha llevado a cabo arbitrando los medios jurídicos e instrumentales que integran la política de defensa de los consumidores previstos en la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

Por Orden de 27 de febrero de 2001 se crearon los Premios «C» de Consumo, habiendo transcurrido un tiempo suficiente desde entonces, de cuya convocatoria se han celebrado seis ediciones, y teniendo en cuenta la experiencia adquirida con los mismos, resulta conveniente darles una nueva caracterización, para adecuarlos más a la realidad de la sociedad andaluza.

En consecuencia, y con el objetivo de premiar y distinguir a aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como a cualesquiera otras instituciones o colectivos que desarrollan su actividad en el territorio andaluz y que destacan por su actuación en defensa de los consumidores y usuarios, así como en mejorar la calidad y transparencia en las relaciones de mercado, se instaura el Premio «C» de Consumo de Andalucía, que se instituye con carácter anual para recompensar ese esfuerzo.

Dicha actuación de reconocimiento se enmarca dentro de las que legalmente corresponden a la Consejería de Gobernación para promover e impulsar aquellas actuaciones, conductas y comportamientos que coadyuvan en la labor de protección y defensa de los consumidores y con el objetivo de suplir las situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión en que puedan encontrarse individual o colectivamente los consumidores y usuarios en Andalucía.

En su virtud y en ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por los artículos 4.2 del Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, de Reestructuración de Consejerías, 13 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, de igual denominación, y el 1.8 del Decreto del Consejo de Gobierno 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la...

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