Orden de 1 de abril de 2014, por la que se modifica la de 18 de enero de 2012, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2012 y 2013.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden de 27 de junio de 2013, se modificó la de 18 de enero de 2012, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía, a fin de, entre otros extremos, cumplir con lo dispuesto en el Decreto-ley 8/2013, de 28 de mayo, de Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento, respecto a la Acción de Fomento de las Personas Emprendedoras, prolongar el plazo de presentación de solicitudes la fecha más próxima posible a la finalización del plazo de vigencia de los regímenes de ayuda estado que permiten conceder los incentivos, así como habilitar una nueva categoría de proyectos destinados a incentivar la puesta en marcha de proyectos empresariales de inversión altamente generadores de empleo.

Teniendo en cuenta que la modificación introducida en el artículo 16 de la citada Orden de 18 de enero de 2012 por lo dispuesto en el apartado cuatro de la Orden de 27 de junio de 2013, plantea dificultades de cumplimiento respecto a la visita, acta de comprobación y fotografías que deben efectuarse en proyectos en los cuales las inversiones previstas consistan en la adquisición de bienes de equipo, equipamiento e incluso activos inmateriales ya que la inexistencia de los mismos no estaría basada en hechos constatables, sino, a lo sumo, en una declaración responsable del solicitante en presencia del personal técnico del órgano gestor sin que éste pueda llevar a cabo actuación alguna, se hace necesario volver a modificar el citado apartado para ceñir tales tareas de comprobación sólo a los proyectos que contemplen inversiones ligadas a la adquisición, construcción, ampliación o reforma de bienes inmuebles.

Por otra parte, habida cuenta de que la exigencia de verificar el cumplimiento en materia de mantenimiento del empleo asociado a un proyecto puede extenderse en el tiempo, se hace necesario articular un mecanismo de control para el seguimiento del cumplimiento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR