ORDEN de 19 de diciembre de 1995, por la que se establece el desarrollo de la Educación en Valores en los centros docentes de Andalucía.

Sección5. Anuncios
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 19 de diciembre de 1995, por la que se establece el desarrollo de la Educación en Valores en los centros docentes de Andalucía.

El sistema educativo que se define en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo incluye entre sus finalidades proporcionar a alumnos y alumnas una formación que favorezca los diferentes aspectos de su desarrollo, lo cual supone e incluye la construcción de un conjunto de valores, que no siempre se adquiren de manera espontánea. Estos valores, básicamente referidos a los ámbitos de la convivencia y la vida social, están relacionados en gran medida con necesidades, demandas y problemas cuya evolución reciente hace necesario su tratamiento en el centro educativo, y suponen una importante contribución a la mejora de la calidad de la enseñanza.

En este sentido, para proporcionar una educación de calidad y adecuar la enseñanza a las exigencias de nuestro tiempo, se ha de posibilitar que los alumnos y alumnas de las distintas etapas y modalidades educativas tengan la ocasión de conocer, reflexionar y adoptar valores sobre las circunstancias, las necesidades y los problemas de la sociedad de hoy, con la perspectiva de futuro que ellos mismos van a hacer realidad.

A tenor de estas consideraciones ya se venían configurando en la práctica educativa y a lo largo de los últimos años un conjunto de temas educativos que organizan de forma integrada conceptos, hechos y principios, procedimientos, actitudes y valores. Estos elementos se encuentran, además, convenientemente estructurados entre sí por relaciones establecidas conforme a uno o varios criterios: Sociales, culturales, científicos, psicopedagógicos y didácticos.Entre estos temas se encuentran tradicionalmente la Educación Moral y Cívica, la Educación para el Desarrollo, la Educación para la Paz, la Educación para la Vida en Sociedad y para la Convivencia, la Educación Intercultural, la Coeducación, la Educación Ambiental, la Educación para la Salud, la Educación Sexual, la Educación del Consumidor y la Educación Vial, entre otros.

Los Decretos 107/92, 105/92 y 106/92 y 126/94, por los que se establecen respectivamente las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en Andalucía, han regulado la inclusión de los contenidos propios de estos temas en el currículo y en la práctica docente con el objeto de normalizar el tratamiento de la Educación en Valores en los centros docentes.

Esta inclusión se ha realizado principalmente de forma transversal, es decir, distribuyendo los contenidos de cada

uno de los temas referidos a través de todos los ámbitos, áreas o materias que componen el currículo de cada una de las etapas.

El desarrollo de la Educación en Valores y de los Temas Transversales implica definir en los proyectos curriculares de cada centro, etapa y...

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