DECRETO 213/1999, de 13 de octubre, por el que se crea el Comité de Reservas de la Biosfera de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 213/1999, de 13 de octubre, por el que se crea el Comité de Reservas de la Biosfera de Andalucía.

El concepto de Reserva de la Biosfera fue elaborado en 1974 por un grupo de trabajo del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (Programa MAB) de la UNESCO, habiendo sido concebida para responder al dilema de cómo conciliar la preservación de la diversidad biológica y de los recursos biológicos con su uso sostenible.

En Andalucía existen en la actualidad siete Reservas de la Biosfera de las quince situadas en España, a saber: Grazalema, en las provincias de Cádiz y Málaga; Doñana, en las provincias de Cádiz, Sevilla y Huelva; Cazorla, Segura y Las Villas, en la provincia de Jaén; Marismas del Odiel, en la provincia de Huelva; Sierra Nevada, en las provincias de Granada y Almería; Sierra de las Nieves, en la provincia de Málaga, y Cabo de Gata, en la provincia de Almería. Las Reservas de la Biosfera de Andalucía, con una superficie total de 590.341 ha, representan en extensión el 64% de las españolas. El número y la importancia de los espacios naturales andaluces declarados Reservas de la Biosfera evidencian el interés de la Administración andaluza por el Programa de la UNESCO sobre el Hombre y la Biosfera.

El documento denominado «La Estrategia de Sevilla», elaborado junto con el Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera, en la Conferencia de Expertos organizada por la UNESCO en esa ciudad en 1995 y aprobada por la Resolución 28 C/2.4 de la Conferencia General de la UNESCO, recomienda las acciones a llevarse a cabo para el futuro desarrollo de las Reservas de la Biosfera en el siglo XXI.

Entre las recomendaciones que se contienen en la Estrategia de Sevilla, se halla la de establecer un órgano nacional de asesoramiento y coordinación de las Reservas de la Biosfera y tener plenamente en cuenta sus recomendaciones y orientaciones (Objetivo IV.2.13).

El artículo 2 del Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera aprobado por la citada Resolución 28 C/2.4 de la Conferencia General de la UNESCO, dispone que «cada Reserva de la Biosfera quedará sometida a la jurisdicción soberana de los Estados en que esté situada. En virtud del presente Marco Estatutario, los Estados adoptarán las medidas que consideren necesarias, conforme a su legislación nacional».

El fundamento competencial para la creación del Comité de Reservas de la Biosfera de Andalucía se halla sólidamente construido sobre las competencias que el Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce a nuestra Comunidad Autónoma en sus artículos 15.1.7.ª y 13.7 y en lo dispuesto en el Marco Estatutario de la Red Mundial...

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