DECRETO 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía (BOJA núm. 64, de 30.3.2007).

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO
Rango de LeyDecreto

CORRECCIÓN de errores de la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía (BOJA núm. 64, de 30.3.2007).

Detectados errores materiales en la Orden que se cita, publicada en el BOJA núm. 64, de 30.3.07, se procede a su subsanación, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, quedando la misma redactada de la siguiente forma:

En la página 10, en el artículo 3 a), donde dice:

parados de larga duración que lleven más de 24 meses en desempleo, así como demás personas en riesgo de exclusión

.Debe decir:

Parados de larga duración que lleven más de 24 meses en desempleo.

Así como demás personas en riesgo de exclusión.

En la página 11, en el artículo 7, apartado 2, donde dice:

El plazo máximo para resolver y notificar al interesado la resolución de las ayudas contenidas en el presente programa será de dos meses contados a partir día siguiente a la presentación de la solicitud.

Debe decir:

El plazo máximo para resolver y notificar al interesado la resolución de las ayudas contenidas en el presente programa será de dos meses contados a partir de la emisión del informe relativo al plan de viabilidad por la entidad asesora.

En la página 12, en el artículo 13, apartado 3, segunda línea, donde dice.:

(...) ésta dispondrá de un plazo máximo de 30 días naturales para proceder a darse de alta (...)

Debe decir:

(...) ésta dispondrá de un plazo máximo de 30 días naturales para acreditar el alta (...)

En la página 12, en el artículo 15, apartado 1, donde dice:«Que hayan formalizado el préstamo con las entidades financieras»

Debe decir:

Que vayan a formalizar el préstamo con la entidad financiera

En la página 12, en el artículo 18, apartado 1, la remisión efectuada al apartado 4 del artículo 13, debe entenderse efectuada al apartado 3 de dicho artículo.

En la página 13, en el artículo 25, apartado 1, la remisión efectuada al apartado 4 del artículo 13, debe entenderse efectuada al apartado 3 de dicho artículo.

En la página 22, en el artículo 60, apartado 2, donde dice:

2. El plazo máximo para resolver y notificar al...

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