DECRETO 12/2006, de 10 de enero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica el yacimiento del Cortijo del Pajarillo, en Huelma (Jaén).

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 12/2006, de 10 de enero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica el yacimiento del Cortijo del Pajarillo, en Huelma (Jaén).

  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. Los valores que justifican la declaración como Bien de Interés Cultural de la Zona Arqueológica del Cortijo del Pajarillo son, por un lado, los derivados de su propia importancia histórico-arqueológica, y, por otro, los que se desprenden de las circunstancias actuales que la rodean.

    Los valores intrínsecos del yacimiento del Cortijo del Pajarillo radican en su carácter singular como santuario ibérico dedicado a un aristócrata heroizado, y como lugar de descubrimiento de estatuaria contextualizada, espacial y cronológicamente, con la zona arqueológica.

    El santuario es el único de la provincia que cuenta con escultura mayor en piedra. Además de encontrarse el citado conjunto escultórico asociado, mediante la excavación arqueológica, a las estructuras emergentes constitutivas de este importante asentamiento del siglo IV a.C. que se conserva prácticamente íntegro, incluida su necrópolis.

    Estos caracteres de singularidad, integridad y monumentalidad se complementan con su inclusión en el programa Viaje al tiempo de los Iberos, impulsado por la Diputación Provincial de Jaén cuyo destino último deberá ser su puesta en valor.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 28 de marzo de 2005 (publicada en BOJA...

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