DECRETO del Presidente 300/1990, de 12 de septiembre, por el que, en ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 25 de julio de 1990, se convoca el acto de la votación para las elecciones al Parlamento de Andalucía en cinco mesas electorales de la provincia de Almería. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por Decreto del Presidente 122/1990, de 29 de abril, se convocaron elecciones al Parlamento de Andalucía en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, que se celebraron el sábado día 23 de junio de

1990.

Como consecuencia de la interposición de recurso contencioso-electoral ante la Junta Electoral Provincial de Almería, la Sala de lo contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictó la sentencia número 999, de 25 de julio de 1990, acordando anular parcialmente el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Almería de 28 de junio último, por el que se realizaba la proclamación de los candidatos elegidos por aquella circunscripción, y declarando la nulidad del acto de la votación en las siguientes mesas: las A y B de la Sección Primera, Distrito Primero, del Municipio de Pulpí; la única mesa de la Sección Segunda, Distrito Segundo, del Municipio de Albox; la Mesa B de la Sección Tercera, Distrito Primero, de Vélez-Rubio; y la Mesa A de la Sección Primera, Distrito Tercero del Municipio de Cuevas de Almanzora, en las que deberá realizarse nueva votación en el plazo máximo de tres meses. En ejecución de dicha Sentencia, y en aplicación de los principios contenidos en la misma de conservación de los actos válidos, se hace necesario convocar exclusivamente el acto de la votación en los términos de la sentencia citada y dictar las normas necesarias para dar cumplimiento a la misma en sus propios términos, lo que incluye la conservación de todos los actos del proceso electoral anteriores a la votación, como son...

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