RESOLUCION de 31 de agosto de 1995, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación. 

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyResolución

Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene delegadas por la Orden de 6 de junio de 1994 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 85, de 9.6.1994), anuncia la provisión de puestos de libre designación con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Se convoca la provisión de los puestos de trabajo de libre designación que se detallan en Anexo a la presente Resolución.

Segunda. Podrán participar en la presente convocatoria aquellos funcionarios que reúnan los requisitos señalados para el desempeño de los mismos en el Anexo que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Tercera. 1. Las solicitudes deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Viceconsejero de Gobernación y serán presentadas en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Registro General de la Consejería de Gobernación sita en Sevilla, Plaza Nueva núm. 4, ello sin perjuicio de lo establecido por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  1. En la instancia figurarán los datos personales y los puestos que se solicitan, numerados por orden de preferencia y deberá ir acompañada de un «curriculum vitae¯ en el que se hará constar, además del Número de Registro de Personal, Cuerpo de pertenencia y destino actual, lo siguiente:

    1. Títulos académicos.

    2. Puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública.

    3. Años de servicio.

    4. Grado personal consolidado.

    5. Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido de los puestos que se solicitan.

  2. Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas. De la citada documentación se presentarán tantas copias como puestos a los que se aspire.

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