DECRETO 167/1989, de 11 de julio, por el que se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados por expropiación forzosa de las obras y servicios incluidas en los planes provinciales para 1989, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

A fin de llevar a efecto la ejecución de los Proyectos contenidos en los Planes Provinciales de Obras y Servicios aprobados por las Diputaciones que integran esta Comunidad Autónoma para el Ejercicio de 1989 y habida cuenta de la urgencia en la realización de las obras comprendidas en los mencionados Planes Provinciales no sólo bajo el punto de vista social, sino también del interés general, como se desprende del propio carácter de los mismos, procede declarar el carácter urgente de las actuaciones que de ellos se derivan, así como la ocupación de los bienes afectados por expropiación para la realización de las obras correspondientes. En su virtud, y teniendo en cuenta la facultad que le confiere al Consejo de Gobierno el artículo 42.2 del Estatuto de Autonomía, para ejercer la potestad expropiatoria y en aplicación de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de julio de 1989.

D I S P O N G O:

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