Decreto 297/2010, de 18 de mayo, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el antiguo mesón de San Rafael y antigua vivienda núm. 38 de la calle Compañía, en Málaga.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. El antiguo mesón de San Rafael, en Málaga, ha estado vinculado históricamente al inmueble núm. 38 de la calle Compañía. La unidad aparece ratificada en documentos del Archivo Histórico Municipal de la ciudad donde se demuestra que la vivienda formaba parte del antiguo edificio de hospedaje, quedando recogida como casa accesoria, a través de cuyo pasaje se accedía al interior del establecimiento.

    El conjunto se ubica en las proximidades de las antiguas puertas de acceso a Málaga, en una zona que históricamente estuvo dedicada a la hostelería, con probable origen en los funduq musulmanes, habiéndose mantenido, tanto la actividad como la trama urbana, hasta la Edad Moderna y Contemporánea, contribuyendo a configurar, en gran medida, el paisaje de esta parte de la ciudad.

    En cuanto a sus valores, el edificio resulta muy característico como mesón-tipo de estilo neoclásico, cuyas formas remiten a un lenguaje clasicista, con pequeñas concesiones ornamentales, ocupando el inmueble el interior de la manzana.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 1 de septiembre de 1987 (publicada en BOJA núm. 83, de 6 de octubre de 1987) incoó procedimiento de declaración de monumento, como Bien de Interés Cultural, a favor del Mesón de San Rafael, en Málaga, al amparo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, siguiendo la tramitación establecida en dicha Ley, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

    De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA núm. 209, de 26 de octubre de 2005), y de audiencia al Ayuntamiento de Málaga, a la sociedad mercantil del sector público andaluz Turismo Andaluz, S.A. y a los particulares directamente afectados en sus derechos. A los interesados desconocidos y a los que intentada la...

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