DECRETO 217/2002, de 30 de julio, por el que se crean y suprimen centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 217/2002, de 30 de julio, por el que se crean y suprimen centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, regula el conjunto de enseñanzas no universitarias, tanto de régimen general como de régimen especial.
Para atender la demanda de puestos escolares y propiciar la adecuación de la actual Red de nuevos centros a las exigencias marcadas por la mencionada Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía ha propuesto la modificación y ampliación de la Red de centros públicos para el curso 2002/03.
Con esta actuación se persigue una profundización en el derecho a la educación de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, propiciando un incremento en las tasas de escolarización al tiempo que se consigue la adaptación progresiva de la Red de centros públicos a las necesidades derivadas de la aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 2, tanto del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, como del de los Institutos de Educación Secundaria, aprobados respectivamente por los Decretos 201/1997 y 200/1997, ambos de 3 de septiembre, la creación y supresión de centros públicos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconoce el artículo 19 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y a propuesta de la Consejera de Educación y Ciencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 30 de julio de 2002,
DISPONGO
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Se crean las Escuelas de Educación Infantil, los Colegios de Educación Primaria y los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se recogen en el Anexo I del presente Decreto.
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Se suprimen las Escuelas de Educación Infantil, los Colegios de Educación Primaria y los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo II del presente Decreto.
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Se crean los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo III del presente Decreto.
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Se suprimen los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo IV del presente Decreto.
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Se crea el Conservatorio Superior de Danza de Málaga, código 29001391.
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Se crea la Escuela Oficial de Idiomas de Priego de Córdoba (Córdoba), código 14000756.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.
Se autoriza a la titular de la Consejería de Educación y Ciencia a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos a partir del curso 2002/03.
Sevilla, 30 de julio de 2002
MANUEL CHAVES GONZALEZ Presidente de la Junta de Andalucía CANDIDA MARTINEZ LOPEZ Consejera de Educación y Ciencia
COLEGIOS DE EDUCACION PRIMARIA Y COLEGIOS
DE EDUCACION INFANTIL...
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