DECRETO 217/2002, de 30 de julio, por el que se crean y suprimen centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 217/2002, de 30 de julio, por el que se crean y suprimen centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, regula el conjunto de enseñanzas no universitarias, tanto de régimen general como de régimen especial.

Para atender la demanda de puestos escolares y propiciar la adecuación de la actual Red de nuevos centros a las exigencias marcadas por la mencionada Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía ha propuesto la modificación y ampliación de la Red de centros públicos para el curso 2002/03.

Con esta actuación se persigue una profundización en el derecho a la educación de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, propiciando un incremento en las tasas de escolarización al tiempo que se consigue la adaptación progresiva de la Red de centros públicos a las necesidades derivadas de la aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 2, tanto del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, como del de los Institutos de Educación Secundaria, aprobados respectivamente por los Decretos 201/1997 y 200/1997, ambos de 3 de septiembre, la creación y supresión de centros públicos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconoce el artículo 19 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y a propuesta de la Consejera de Educación y Ciencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 30 de julio de 2002,

DISPONGO

Artículo 1 Centros de Educación Infantil y de Educación Primaria.
  1. Se crean las Escuelas de Educación Infantil, los Colegios de Educación Primaria y los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se recogen en el Anexo I del presente Decreto.

  2. Se suprimen las Escuelas de Educación Infantil, los Colegios de Educación Primaria y los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo II del presente Decreto.

Artículo 2 Centros de Educación Secundaria.
  1. Se crean los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo III del presente Decreto.

  2. Se suprimen los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo IV del presente Decreto.

Artículo 3 Centros de Enseñanza de Régimen Especial.
  1. Se crea el Conservatorio Superior de Danza de Málaga, código 29001391.

  2. Se crea la Escuela Oficial de Idiomas de Priego de Córdoba (Córdoba), código 14000756.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Desarrollo y aplicación.

Se autoriza a la titular de la Consejería de Educación y Ciencia a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final segunda Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos a partir del curso 2002/03.

Sevilla, 30 de julio de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ Presidente de la Junta de Andalucía CANDIDA MARTINEZ LOPEZ Consejera de Educación y Ciencia

ANEXO I CREACION DE ESCUELAS DE EDUCACION INFANTIL,

COLEGIOS DE EDUCACION PRIMARIA Y COLEGIOS

DE EDUCACION INFANTIL...

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