Decreto 372/2010, de 21 de septiembre, por el que se establecen indemnizaciones a mujeres que sufrieron formas de represión de la dictadura franquista sobre su honor, intimidad y propia imagen.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, de la Memoria Histórica, reconoció y amplió derechos y estableció medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, promoviendo su reparación moral y la recuperación de su memoria personal y familiar.

Como objetivo básico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 10.3.24.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que los poderes públicos velarán por la salvaguarda, conocimiento y difusión de la historia de la lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades.

El Consejo de Gobierno, mediante el Decreto 333/2003, de 2 de diciembre, por el que se establecen indemnizaciones a ex presos y represaliados políticos que sufrieron privación de libertad por un período superior a tres meses e inferior a tres años, como consecuencia de los supuestos previstos en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, y el Decreto 35/2006, de 21 de febrero, modificado por el Decreto 397/2009, de 22 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de concesión de indemnizaciones de cuantía única a las personas ex presas y represaliadas políticamente que sufrieron privación de libertad como consecuencia de los supuestos previstos en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía y que no se acogieron a las indemnizaciones reguladas en los Decretos 1/2001, de 9 de enero, y 333/2003, de 2 de diciembre, continuó el desarrollo de actuaciones tendentes al reconocimiento público y la rehabilitación moral de aquellas personas que sufrieron penas de privación de libertad durante la Dictadura por defender la libertad, la justicia y los valores democráticos.

No obstante ello, cabe señalar que la represión de la Dictadura franquista alcanzó formas de diversa configuración, entre ellas algunas relacionadas con la intimidad, el honor y la propia imagen y que especialmente recayeron en mujeres. Esta forma de represión debe ser firmemente denunciada y repudiada, rehabilitando con ello los derechos infringidos con formas de castigo que socialmente denigraban la dignidad de quienes las sufrían, con independencia de que se impusieran al margen, en muchas ocasiones, de procedimientos documentados.

El presente Decreto se dirige a aquellas mujeres que sufrieron diversas formas de represión distintas de penas privativas de libertad, con incidencia, esencialmente, en su consideración social, con el objetivo de reparar su honor, intimidad y propia imagen y reconocer su contribución a la construcción de la sociedad democrática.

Una característica de estas formas de represión reside en la dificultad, cuando no imposibilidad, de ser probadas por quienes las sufrieron sin que existan expedientes administrativos o judiciales. Para evitar que la carencia de una prueba documental de tal naturaleza pueda impedir la consecución de los objetivos de la presente norma, expresamente se habilita la prueba mediante cualesquiera medios admitidos en Derecho, siempre que las formas de represión queden suficientemente acreditadas, como se exige en el empleo de fondos públicos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.9 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de septiembre de 2010.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto establecer y regular el procedimiento de concesión de las indemnizaciones a que tienen derecho las mujeres que sufrieron represión en la Guerra Civil e inmediata Posguerra, abarcando el período comprendido entre 1936 y 1950, mediante hechos que...

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