DECRETO 269/1997, de 25 de noviembre, por el que se crean sesenta y dos Institutos de Educación Secundaria.

Sección4. Administración de Justicia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 269/1997, de 25 de noviembre, por el que se crean sesenta y dos Institutos de Educación Secundaria.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 17 establece, entre las enseñanzas de régimen general, la de Educación Secundaria, que comprende Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional específica de Grado Medio.

El Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, desarrolló el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y estableció la denominación genérica de los nuevos Centros públicos que impartirán, conforme a lo establecido en el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, las enseñanzas del nivel correspondiente y, de manera transitoria hasta su extinción, las reguladas en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.

Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia han propuesto la modificación de la actual Red de Centros públicos con el objetivo de racionalizar su estructura de funcionamiento.

Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconoce el artículo 19 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 25 de noviembre de 1997,

DISPONGO

Primero. Se crean los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo del presente Decreto.

Se suprimen los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo, ubicándose en sus instalaciones los correspondientes Institutos de Educación Secundaria.

Se suprimen las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria que se recogen en el Anexo, por transformación en Institutos de Educación Secundaria.

Disposición final primera Se autoriza al Consejero de Educación y Ciencia a establecer las enseñanzas que deberán impartir los citados Centros.

Página núm. 14.143 Disposición final segunda. El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de noviembre de 1997

MANUEL CHAVES GONZALEZ Presidente de la Junta de Andalucía MANUEL PEZZI CERETO Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO

ALMERIA

Instituto de Educación Secundaria (04700430).

(C.P. «Virgen del Mar») (04000067).

Localidad: Adra.

Instituto de Educación Secundaria (04700466).

(C.P. «Cruz de Caravaca») (04001001).

Localidad: Almería.

Instituto de Educación Secundaria (04700442).

(C.P. «Azcona») (04000894).

Localidad: Almería.

Instituto de Educación Secundaria...

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