Decreto 25/1980, de 15 de septiembre, por el que se crea el Consejo de Turismo de Andalucía. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 698/1979, de 13 de febrero transfirió a la Junta de Andalucía, entre otras, competencias en materia de Turismo, que en virtud del Decreto 4/1979 de la Junta de Andalucía fueron asignados a la Consejería de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo.

Entre estas competencias figuran las que se refieren a promoción del turismo, en especial la autorización, control y tutela de las entidades de fomento del turismo.

La disparidad de organismos, tanto públicos como privados, que desarrollan, en Andalucía, programas de promoción del turismo, dificulta el perfecto ejercicio de las competencias que en esta materia corresponden a la Junta de Andalucía y contribuye a que las actuaciones de estos organismos no alcancen siempre los objetivos pretendidos.

La actual estructura del sector turístico no permite la elaboración de programas y campañas unitarias a nivel regional, con las que se optimizarían las inversiones y se crearía una genuina imagen turística de Andalucía.

Por todo ello, se plantea la necesidad de que la labor de creación y coordinación de la Consejería de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo en materia de promoción del Turismo, se lleve a cabo con la colaboración de una amplia representación de los intereses turísticos encuadrado en un órgano de ámbito regional.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, previo acuerdo del Consejo Permanente de la Junta de Andalucía en su reunión del día 15 de septiembre de 1980, y en virtud de las competencias que me otorga el artículo 11 del vigente Reglamento de Régimen Interior,

DISPONGO:

Artículo 1º Se crea, dependiendo de la Consejería de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, el Consejo de Turismo de Andalucía, con los siguientes cometidos:
  1. Elaborar y proponer a la Consejería de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo el programa de actuaciones precisas en materia de promoción del Turismo.

  2. Ejercer las labores de coordinación entre las distintas entidades de fomento del Turismo de Andalucía que...

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