Decreto 22/1980, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta de Andalucía. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en su sesión celebrada el día 15 de septiembre de 1980, acordó aprobar el Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia.

En virtud de lo anterior, y ejecutando el acuerdo que tomó el Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en su sesión celebrada el día 15 de septiembre de 1980, y en uso de las facultades que me confiere el artículo

11-1-b) del vigente Reglamento de Régimen Interior,

DISPONGO:

Artículo 1º La Presidencia de la Junta de Andalucía tendrá, para el ejercicio de las funciones que le están encomendadas, la siguiente estructura orgánica:
  1. Organos centrales:

  1. Presidencia.

  2. Coordinador General, con categoría de Viceconsejero.

  3. Gabinete del Presidente, con categoría de Dirección General.

  4. Gabinete de Información de la Junta de Andalucía, con categoría de Dirección General.

    Il.- Organos consultivos y asesores:

  5. Comisión Superior de Personal, sin perjuicio de su actual dependencia orgánica y funcional.

  6. Intervención General de la Junta, con idéntica reserva, y conservando las atribuciones de carácter ejecutivo que le correspondan con respecto al Departamento de Presidencia.

Artículo 2º El Coordinador General de la Presidencia de la Junta de Andalucía es la autoridad superior del departamento después del Presidente, y con tal carácter tiene las facultades siguientes:
  1. - Ostentar la representación del departamento por delegación del Presidente.

  2. - Desempeñar la jefatura superior de todo el personal del departamento y resolver cuantos asuntos se refieran al mismo, salvo los casos reservados a la decisión del...

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