DECRETO 467/2004, de 27 de julio, por el que se establece la composición y retribuciones del personal eventual adscrito al Gabinete de Análisis y Relaciones Institucionales de la Consejería de la Presidencia.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 467/2004, de 27 de julio, por el que se establece la composición y retribuciones del personal eventual adscrito al Gabinete de Análisis y Relaciones Institucionales de la Consejería de la Presidencia.

La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, deOrdenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, establece que el personal eventual ocupará los puestos de trabajo a él reservado por su carácter de confianza o asesoramiento especial, percibiendo únicamente las retribuciones que se determinen por el Consejo de Gobierno, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias establecidas al respecto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2004

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El personal eventual adscrito al Gabinete de Análisis y Relaciones Institucionales de la Consejería de la Presidencia se regirá por lo establecido en el presente Decreto y por la normativa general de aplicación.

Artículo 2 Categorías y retribuciones.
  1. El personal eventual adscrito al Gabinete de Análisis y Relaciones Institucionales de la Consejería de la Presidencia percibirá las retribuciones por sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al personalfuncionario del grupo A y las retribuciones complementarias que a continuación se establecen:

    1. Un puesto de Jefe/a de la Oficina de la Presidencia: Complemento de destino correspondiente al nivel 30 y complemento específico de 17.640,36 euros.

    2. Cuatro puestos de Directores/as de Area: Complemento de destino correspondiente al nivel 30 y complemento específico de 16.604,88 euros.

    3. Dos puestos de Coordinadores/as: Complemento de destino correspondiente al nivel 28 y complemento específico de 12.572,04 euros.

    4. Tres puestos de Jefes/as de Programas: Complemento de destino correspondiente al nivel 26 y complemento específico de 10.776,36 euros.

    5. Cinco puestos de Técnicos/as de Documentación: Complemento de destino correspondiente al nivel 25 y complemento específico de 5.864,64 euros.

  2. El complemento específico de todos los puestos retribuye los factores de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad e incompatibilidad.

  3. El complemento de productividad podrá...

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