Resolución de 8 de enero de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación de esta Universidad.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorUNIVERSIDADES
Rango de LeyResolución

El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece el funcionamiento y composición de las mesas de contratación, como órganos de asistencia técnica especializada, que asisten a los órganos de contratación de las Administraciones Públicas.

Mediante Resolución Rectoral de 9 de marzo de 2018 se constituyó y estableció la composición de la Mesa de Contratación Permanente de nuestra Universidad. Posteriormente, mediante Resolución de 16 de julio de 2019 se renovó su vocal tercero. La renovación del equipo de gobierno de la Universidad, tras las elecciones rectorales del pasado 12 de noviembre, han llevado a un cambio en la Gerencia de la misma, que hacen oportuno proceder a la renovación de la Mesa de Contratación, lo que se hace mediante esta resolución en la que se clarifica su composición vigente a modo de texto refundido en aras de la claridad y la seguridad jurídica.

Siendo así que el órgano de contratación de esta Universidad es el Rector, según el artículo 32.1.n) de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 298/2003, de 21 de octubre, y modificados, a su vez, por Decreto 265/2011, de 2 de agosto, el nombramiento de los miembros de la mesa de contratación corresponde al mismo, conforme a lo establecido en el apartado 3 el artículo 326 de la citada Ley de Contratos del Sector Público.

En razón de lo expuesto, este Rectorado mediante la presente resolución viene a dar cumplimiento al mandato del legislador en este punto, estableciendo la composición de la mesa de contratación permanente de la Universidad Pablo de Olavide, y precisando algunas reglas de su régimen de funcionamiento.

Primero. Composición.

Presidencia: La persona titular de la Gerencia. Suplencia: La persona titular de la Vicegerencia, competente por razón de la materia.

Vocales:

- Vocal primero: Doña Rosa M.ª Fernández Retamosa, miembro de la Secretaría General y de la Asesoría Jurídica, o la persona que, en su caso, tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico del órgano de contratación.

- Vocal segundo: Don José Luis Pavón Fernández, Director del Área de Infraestructuras, Mantenimiento y Eficiencia Energéticas. Suplente: Don Víctor José Hernández Gómez, Director del Área de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones.

- Vocal tercero...

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