Resolución de 25 de noviembre de 2016, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de profesores asociados.

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorUNIVERSIDADES
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, Orgánica de Universidades, de 12 de abril,.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como el Estatuto de esta Universidad, y atendiendo a la orden de autorización de la Consejería de Economía y Conocimiento de fecha 19 de septiembre de 2016, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso 2016-2017, ha resuelto convocar concurso público de méritos de las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, que se regirá de acuerdo con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

  1. Normas generales.

    El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior y disposiciones de desarrollo; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; en el Convenio Colectivo del PDI Laboral de Universidades Públicas Andaluzas; en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades; en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (Decreto 324/2003, modificado por Decreto 16/2008); y en el texto refundido de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados aprobado por Acuerdo 5.3 de Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2014. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación general que le sea de aplicación, en la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.

    Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante la totalidad del periodo de contratación.

    2.1. De carácter general.

    1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

    2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

    3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

    4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas, quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

    5. Estar en posesión del título universitario de Graduado Universitario, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero; o Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero deberá estar homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte u Organismo que tuviera reconocida dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

    6. Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones pudiendo ser requeridos para que lo acrediten de manera fehaciente.

    7. Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.

    2.2. De carácter específico.

    Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo, fuera del ámbito académico universitario, una actividad remunerada laboral, profesional o en la Administración Pública para la que capacite el título universitario que posea, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada, adquirida durante al menos tres años y que mantengan su actividad profesional durante la totalidad del periodo de contratación.

  3. Presentación de solicitudes.

    3.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum, por duplicado, debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla, que se facilitará gratuitamente a los interesados en el Registro General de esta Universidad y que asimismo está disponible en el portal electrónico de la misma (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público - PDI Laboral-Impresos). Las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados se tramitarán como una sola solicitud. Los aspirantes que opten a más de una plaza, identificadas por el código que les corresponda en el Anexo I de esta convocatoria, deberán presentar solicitud individualizada para cada una de ellas.

    3.2. Las solicitudes deberán dirigirse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

    3.3. Los aspirantes deberán justificar haber abonado a la Universidad de Sevilla dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 21 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander, en la cuenta núm. ES770049.2588.71.2114241655 (dígito bancario: 750), a nombre de «Universidad de Sevilla», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante, considerándose que es un requisito insubsanable. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud correspondiente de participación.

    3.4. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación por duplicado:

    1. Modelo de currículum vitae debidamente cumplimentado y firmado (en formato papel).

    2. Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente...

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