RESOLUCION de 2 de julio de 2006, de la Universidad de Granada, por la que se convoca a concurso público contratos de investigación con cargo a proyectos, grupos y convenios de investigación.

Sección2. Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 2 de julio de 2006, de la Universidad de Granada, por la que se convoca a concurso público contratos de investigación con cargo a proyectos, grupos y convenios de investigación. La Universidad de Granada convoca a concurso público Contratos de Investigación con cargo a Proyectos, Grupos y Convenios de Investigación.

La presente convocatoria se regirá tanto por sus normas propias como por las específicas que figuran contenidas en los Anexos de esta Resolución.

Forma de provisión: La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos detallados en el Anexo correspondiente.

Requisitos de los solicitantes: Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los subprogramas que figuran como Anexos de esta Resolución.

Carácter del contrato: Los contratos se realizarán bajo la modalidad de «contrato de trabajo para obra o servicio determinado», al amparo de lo que establece el artículo 15.1.a) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, y demás normas concordantes.

El disfrute de un contrato, cuando lo sea a tiempo completo, al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del art. 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, o del art. 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril).

La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Granada ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

Cuantía del contrato: La cuantía de los contratos está especificada en cada uno de los Anexos. El contrato implicará además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

Efecto del contrato: Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen, a través de la firma de los interesados y del Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Tercer Ciclo de la Universidad de Granada, como representante de la misma, por lo que las Comisiones de Valoración no podrán determinarla en sus resoluciones.

Duración del contrato: La duración del contrato será la establecida en el correspondiente Anexo de la convocatoria. Podrán preverse prórrogas, pero en ningún caso la vigencia del contrato prorrogado podrá exceder la duración del proyecto de investigación al que se adscribe, con el límite máximo de cinco años.

El contratado podrá obtener contratos en distintas convocatorias; no obstante, el período máximo acumulado que podrá disfrutar será, asimismo, de cinco años.

Obligaciones del trabajador: Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

Solicitudes: Los candidatos deberán presentar su solicitud en el modelo normalizado establecido, en el Registro General de la Universidad o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigida al Vicerrector de Investigación, dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el BOJA, adjuntando su currículum vitae en el que se hagan constar los siguientes datos:

- Nombre y apellidos y DNI.

- Domicilio y teléfono.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en sus estudios en la Universidad.

- Resto de méritos debidamente documentados en función de los requisitos de la convocatoria específica.

El impreso de solicitud está disponible en la siguiente dirección: http://invest.ugr.es/personal/.

Criterios de valoración: La Comisión valorará con carácter general:

- Expediente académico.

- Experiencia profesional relacionada con los requisitos de la convocatoria específica.

- Otros méritos acreditados documentalmente.

Los solicitantes que no obtengan contrato ni aparezcan relacionados como suplentes en el acta de Resolución, podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación del acta. La documentación que no se retire en dicho plazo podrá ser destruida.

Cofinanciación con cargo a FEDER: Los contratos convocados en el Anexo I, Anexo III, Anexo IV, Anexo VI, Anexo

VIII, Anexo IX, Anexo X, Anexo XI y Anexo XIII están cofinanciados con Ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Comisión Evaluadora de las solicitudes: La Comisión Evaluadora estará constituida por:

- Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Tercer Ciclo.

- Ilmo. Sr. Secretario General.

- 1 miembro de la Comisión de Investigación.

- 2 miembros (como máximo) propuestos por el responsable del Proyecto, Grupo, Contrato o Convenio y que figurarán relacionados en la convocatoria específica.

En los contratos gestionados a través de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) se sustituirá el miembro de la Comisión de Investigación por el Director de la OTRI.

El resultado de esta convocatoria se hará público en la web del Vicerrectorado de Investigación y Tercer Ciclo.

Granada, 2 de julio de 2006.- El Rector, David Aguilar Peña.

ANEXO I

1 Contrato de Investigación adscrito al Grupo de Investigación

Toponimia, Historia y Arqueología del Reino de Granada

(HUM 162) (Ref. 1222) Investigador responsable: Don Antonio Malpica Cuello. Funciones del contratado: Estudio e intervención arqueológica de la Alcazaba de Guadix.

Requisitos de los candidatos: Doctor en Historia Medieval. Condiciones del contrato:

- Modalidad contractual: Contrato para obra o servicio de duración determinada.

- Cantidad bruta mensual a retribuir: 1.000...

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