Resolución de 1 de febrero de 2019, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se acuerda trasladar la cuantía no aplicada al primer procedimiento de selección de la convocatoria abierta en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía», para el curso 2018-2019.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Deporte
Rango de LeyResolución

Con fecha 24 de octubre de 2018 se dicta Resolución de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía», para el curso 2018-2019.

Dicha convocatoria cuenta con cuatro procedimientos de selección sucesivos, desde noviembre de 2018 hasta junio de 2019, ambos incluidos, cada uno de los cuales tendrá un plazo de presentación de solicitudes de dos meses. Del mismo modo, esta convocatoria cuenta con cuatro resoluciones definitivas que se publicarán en el plazo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada uno de los procedimientos de selección y siendo los importes máximos a otorgar para cada una de las resoluciones:

- Para la resolución del 1.er Procedimiento de selección: 8.500.000 ?.

- Para la resolución del 2.º Procedimiento de selección: 6.700.000 ?.

- Para la resolución del 3.er Procedimiento de selección: 3.200.000 ?.

- Para la resolución del 4.º Procedimiento de selección: 900.000 ?.

Por otra parte, el punto 6 de la base octava del Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía aprobado mediante Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía establece que cuando a la finalización de un procedimiento selectivo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada al procedimiento inmediatamente posterior mediante acuerdo expreso del órgano concedente de la cuantía a trasladar y del período en el que se aplicará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El empleo de esta posibilidad no podrá suponer en ningún caso menoscabo de los derechos de los solicitantes del periodo de origen.

En ese sentido, mediante Resolución de 25 de enero de 2019, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, se hace pública la relación definitiva de...

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