ORDEN de 26 de mayo de 2000, por la que se regula la concesión de subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer a las Universidades de Andalucía, durante el curso 2000/2001, para la realización de actividades relativas a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 26 de mayo de 2000, por la que se regula la concesión de subvenciones del Instituto Andaluz de la Mujer a las Universidades de Andalucía, durante el curso 2000/2001, para la realización de actividades relativas a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en su artículo 12.2, que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política.
El Instituto Andaluz de la Mujer, conforme a lo dispuesto en su Ley fundacional (Ley 10/1988, de 29 de diciembre, BOJA núm. 106, de 30 de diciembre), tiene como fin promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer andaluces, haciendo posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de ésta.
Es interés del Instituto Andaluz de la Mujer, entre otras actuaciones, colaborar con las Universidades de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de actividades a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para ello se prevé la creación de una línea de subvenciones dirigidas a apoyar a los Institutos, Seminarios, Cátedras y Aulas de Estudios de las Mujeres de estas Universidades, con criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión.
Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta del Instituto Andaluz de la Mujer, he tenido a bien disponer:
El objeto de la presente Orden es regular la concesión de subvenciones a las Universidades de Andalucía, durante el curso académico 2000-2001, para promover la realización de actividades a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La Financiación de las subvenciones reguladas en la presente Orden se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios que para el Instituto Andaluz de la Mujer figuran en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quedando las mismas condicionadas a las disponibilidades presupuestarias de los ejercicios 2000 y 2001, y sometidas a fiscalización previa.
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La finalidad de esta convocatoria es apoyar a los Institutos, Seminarios, Cátedras y Aulas de Estudios de las Mujeres o del Género, existentes en las universidades andaluzas que estén incorporando el análisis de género en sus proyectos e investigaciones, y colaborar con los mismos.
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En base a esta finalidad se pueden conceder subvenciones para:
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Apoyo a asignaturas y/o cursos de licenciatura y de especialización de Postgrado dedicados a los Estudios de las Mujeres.
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Programas y aplicaciones didácticas que incorporen
sión Evaluadora de Solicitudes, los admitidos no reuniesen los requisitos mínimos.
Si en un plazo de tiempo inferior a partir de dos meses de la Resolución de la presente convocatoria se produjera la vacante o renuncia de una beca, se sustituirá por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Becas.
Obligaciones del becario/a: 1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el...
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