DECRETO 226/1983, de 10 de noviembre, por el que se regulan las funciones de la Inspeccién General de la Policía Municipal.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía señala en su art. 14.2. que compete «a la Comunidad Autónoma de Andalucía la coordinación de las Policías Locales Andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales¯. Esta competencia estatutaria encuentra su respaldo constitucional en el art.

148.1.22ª, que recoge como competencia asumible por las Comunidades Autónomas «la coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una Ley Orgánica¯. Por otra parte, debe tenerse presente que el art.13.3. del Estatuto confiere competencia a la Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el art.149.1.18. de la Constituci6n.

Tanto las bases a las que se refiere el art. 149.1.188 como la Ley Orgánica a que alude el art. 148.1.22. están aún sin promulgar. No obstante, es reiterada la jurisprudencia constitucional que afirma que la inactividad legislativa estatal no empece al pleno ejercicio de las competencias autonómicas, incluso las normativas. De ahí que no resulte inoportuno que por el Consejo de Gobierno se desarrolle la coordinación a que alude el precepto estatutario así como las facultades que en relación a los funcionarios locales y en general...

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