Orden de 21 de julio de 2010, por la que se modifica la de 28 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y efectúa su convocatoria para el 2009.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

Mediante Orden de 28 de julio de 2009, se establecieron las bases para la concesión de subvenciones para la mejora de regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 y se efectuó su convocatoria para 2009.

Con posterioridad, se ha visto necesario el ajuste de determinados apartados de la Orden en aras de conseguir una mayor claridad en su aplicación. Asimismo, se ha procedido a la actualización de los Anexos que la misma incorporaba.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la titular de la Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias y en uso de las facultades que me confiere el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 120/2008, de 29 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden de 28 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el 2009.

Uno. El segundo guión del párrafo a) del apartado 1 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:

Si la puntuación obtenida es mayor de 40 puntos, pero igual o inferior a 60 puntos: se concederá un porcentaje entre el 65% y el 75%, de manera proporcional a la puntuación obtenida en el baremo.

Dos. El apartado 1 del artículo 13 queda redactado del siguiente modo:

1. Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo que figura en el Anexo II a la presente Orden e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias. El modelo de solicitud se podrá obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca en la dirección http:// www.cap.junta-andalucia.es/...

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