ORDEN de 29 de marzo de 2001, por la que se regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO
Rango de LeyOrden

P R E A M B U L O El racional aprovechamiento del potencial de los recursos minerales andaluces, dentro de las pautas señaladas por el desarrollo sostenible, debe contribuir a la satisfacción de las exigencias de todos los andaluces y de la mejora de su bienestar, así como a su desarrollo económico. El Gobierno Andaluz, consciente de la importancia que para la Comunidad Autónoma tiene una adecuada planificación, ordenación y coordinación de las actuaciones en materia minera, viene desarrollando desde hace años un ambicioso plan de trabajo en este campo. Estos trabajos se plasmaron en 1996 con la elaboración del Plan de Desarrollo Minero de Andalucía 1996- 2000, fruto del cual ha sido una notable mejora del sector que ha logrado incrementar los niveles de competitividad de las empresas en el ámbito nacional e internacional. El presente Decreto, en el marco de las Bases y Estrategias del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, persigue el desarrollo de políticas activas de fomento de la minería, así como de actuaciones en materia de seguridad y salud y medio ambiente, que permitirá el fomento del empleo, el desarrollo tecnológico, la mejora de las condiciones de trabajo y la reducción del impacto ambiental asociado a la actividad extractiva. De acuerdo con lo anterior, es propósito del Gobierno Andaluz plasmar en el Plan de Desarrollo de la Industria Minera de Andalucía, 2001-2006, la previsión de objetivos y programas a realizar para promover, mediante actuaciones en su territorio, la búsqueda y aprovechamiento de los recursos minerales de manera racional, eficiente, diversificada y respetuosa con el medio ambiente, deslindando la parte de las mismas que corresponda a las Administraciones de las que haya que acometer la iniciativa privada. En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de febrero de 2001, D I S P O N G O Artículo 1. Formulación. Se acuerda la formulación del Plan de Desarrollo de la Industria Minera de Andalucía, 2001-2006, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones y disposiciones establecidas en el presente Decreto. Artículo 2. Concepto y objeto. El Plan de Desarrollo de la Industria Minera de Andalucía, 2001-2006, es el instrumento estratégico y de coordinación de la política minera en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el período considerado. El objeto del Plan es garantizar, en...

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