DECRETO 166/2002, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 166/2002, de 4 de junio, por el que se modifica el Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

La estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes viene regulada por el Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, modificado posteriormente por el Decreto 359/2000, de 18 de julio.

La experiencia acumulada en los últimos seis años aconsejan la introducción de algunos reajustes en orden a potenciar los mecanismos y estructuras de control en la elaboración, gestión y seguimiento de los planes, programas y presupuestos con los que la Consejería lleva a cabo sus competencias. En este sentido con el presente Decreto se potencia la Secretaría General Técnica en la vertiente económica y presupuestaria.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.12 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, con la aprobación de la Consejería de Justicia y Administración Pública, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de junio de 2002,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Decreto 445/1996, de 24 de septiembre.

Se introducen en el Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes las siguientes modificaciones:

  1. El artículo 5, relativo a las competencias de la Secretaría General de Planificación, queda con la siguiente redacción.

    Artículo 5. Secretaría General de Planificación.

    1. La Secretaría General de Planificación, con nivel orgánico de Viceconsejería, tiene encomendadas las tareas de coordinación general de la planificación de las actuaciones en las materias competencia de la Consejería, mediante la elaboración de los planes y programas que afecten a la misma en su conjunto; la coordinación y superior dirección de...

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