DECRETO 107/1986 de 18 de junio, por el que se redistribuyen determinadas competencias medioambientales entre distintos Organos de la Junta de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, y en el Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, fueron asumidas por la Junta de Andalucía las competencias que, referidas al medio ambiente industrial, correspondían a la Administración del Estado de conformidad con las disposiciones aplicables por razón de la materia. Las citadas competencias fueron reasignadas a la entonces denominada Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía, de conformidad con el Decreto 60/1984, de 20 de marzo.

Por otra parte, y en virtud del Real Decreto 2803/1983, de 25 de agosto, se transfirieron a la Junta de Andalucía ciertas competencias en materia de ordenación del litoral y vertidos al mar que fueron asignadas a la Consejería de Política Territorial, por Decreto 245/1983, de 23 de noviembre.

La Ley 6/1984, de 12 de junio, por la que se crea la Agencia de Medio Ambiente, dispone en su artículo 4º que corresponde a la Agencia tanto las funciones administrativas en materia de protección y control de la calidad ambiental como la ejecución de la legislación del Estado sobre vertidos en aguas continentales y marítimas, así como el control sobre la reglamentación del vertido de aguas residuales e industriales, y las licencias de vertidos.

El cumplimiento de la citada Ley requiere una reestructuración de aquellos órganos actualmente titulares de las competencias que, en materia de medio ambiente industrial y de vertidos al mar, han sido ya transferidas a la Junta de Andalucía. Se hace con ello realidad el principio de unidad de gestión, a que responde la Agencia de Medio Ambiente, mediante la asunción de distintas competencias medioambientales por un único Departamento de la Junta de Andalucía. En su virtud, a propuesta de los Consejeros de la Presidencia, de Economía e Industria y de Política Territorial, y previa deliberacio'n del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de junio de 1986,

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