DECRETO 153/2002, de 21 de mayo, por el que se modifica el Plan de la Red para el Ferrocarril Metropolitano de Sevilla.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 153/2002, de 21 de mayo, por el que se modifica el Plan de la Red para el Ferrocarril Metropolitano de Sevilla.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 13.10 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Comunidad Autónoma andaluza tiene competencia exclusiva sobre los ferrocarriles cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en territorio andaluz. En particular, el artículo diecisiete del Real Decreto 698/1979, de 13 de febrero, sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado en materia, entre otras, de transportes, transfirió a la Junta de Andalucía las competencias sobre ferrocarriles metropolitanos y, con ellas, las reguladas por la Ley 37/1975, de 31 de octubre, sobre construcción y explotación del Metro de Sevilla.

En aplicación del Decreto 30/1982, de 22 de abril, por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía, el Consejo de Gobierno resulta ser el órgano competente para modificar el Plan de la Red para el Ferrocarril Metropolitano de Sevilla. El interés general reclama hoy día el ejercicio de tal competencia, como consecuencia de haber cambiado las necesidades de trazado y los medios técnicos disponibles respecto de los que justificaban la concreta ordenación de red de metro que en la citada Ley 37/1975 se contenía.

Durante la tramitación del presente Decreto se ha remitido la propuesta de modificación del Plan de la Red para el Ferrocarril Metropolitano de Sevilla a la Administración General del Estado. Las alegaciones presentadas han sido consideradas y admitidas en la redacción definitiva, habiéndose respetado, por tanto, el principio de colaboración y las técnicas de su ejercicio, inherentes a la estructura territorial del Estado.

El presente Decreto contiene las correspondientes previsiones para que, en cumplimiento del artículo diecisiete del

Sevilla, 25 de mayo 2002

citado Real Decreto 698/1979, de 13 de febrero, interpretado conforme al precitado artículo 13.10 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Junta de Andalucía, tras su aprobación, dé traslado a la Administración General del Estado de la modificación del citado Plan de la Red para el Ferrocarril Metropolitano de Sevilla, y de los programas de actuación, inversiones y financiación ajustados al mismo, a los...

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