DECRETO 348/2000, de 4 de julio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Rágol (Almería) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipal.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 348/2000, de 4 de julio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Rágol (Almería) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipal.

El Ayuntamiento de Rágol (Almería) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipal a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 16 de octubre de 1999, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 136, de fecha 23 de noviembre de 1999, lo elevó a la entonces Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado el 21 de febrero de 2000, informe a la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes no lo ha emitido hasta la fecha. El artículo 2 del Decreto 14/1995, de 31 de enero, establece en su apartado 4 que el informe de la Real Academia deberá emitirse en el plazo de 2 meses, en caso contrario, se entenderá favorable y se continuará la tramitación del expediente.

El expresado expediente se sustanció conforme a lo establecido en la Ley reguladora de Bases de Régimen local, artículo 22.2.b) y el contenido en el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero y del artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de julio de 2000,

D I S P O N G O

Primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Rágol (Almería) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipal, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo: De un solo cuartel, de plata, un pentagrama de sable puesto en faja y brochante una parra arrancada de sinople, frutada de oro. En jefe, dos peras de sinople y en punta, ondas de plata y azur. Timbrado de corona real española cerrada.

Bandera: Vez y media más larga que ancha formada por tres fajas horizontales...

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