DECRETO 137/1993, de 7 de septiembre, por el que se dictan normas relativas a los procedimientos administrativos de aplicación en el ámbito de la Consejería.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA |
Rango de Ley | Decreto |
La Disposición Adicional Tercera de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por el Real Decreto-Ley
14/1993, de 4 de agosto, dispone que «reglamentariamente, en el plazo de dieciocho meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, se llevará a efecto la adecuación a la misma de las normas reguladoras de los distintos procedimientos administrativos, cualquiera que sea su rango, con específica mención de los efectos estimatorios o desestimatorios que la falta de resolución expresa produzca¯.
En cumplimiento de lo anterior, una vez analizadas las normas procedimentales vigentes en el ámbito de la Consejería de Agricultura y Pesca, con la salvaguardia que supone el contenido de la disposición derogatoria de la mencionada Ley, y atendiendo a los criterios de mejora de los servicios al ciudadano y de seguridad jurídica, por el presente Decreto se adecuan las normas procedimentales en lo referente a la determinación de los plazos para resolver y los efectos que la falta de resolución pueda producir.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Agricultura y Pesca con aprobación de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 7 de septiembre de 1993
D I S P O N G O
De acuerdo con la disposición adicional tercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada en el Real Decreto-Ley 14/1993, de 4 de agosto, se establecen los plazos de resolución y los efectos de la falta de resolución expresa de los procedimientos que se relacionan en el Anexo I de este Decreto de conformidad con su contenido.
-
Cuando se trate de procedimientos relacionados en el anexo II de este Decreto iniciados de oficio y no susceptibles de producir efectos favorables para el interesado, se entenderán caducados a solicitud de aquél o de oficio, en el plazo de treinta días desde el vencimiento del plazo establecido para resolver para cada uno de ellos. Si la paralización fuese por causa imputable al interesado el plazo para resolver quedaría interrumpido.
Los procedimientos relacionados en los Anexos a este Decreto iniciados antes de la entrada en vigor del mismo se regirán por las normas anteriores vigentes que les sean de aplicación.
Se derogan cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto.
Primera. En el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias a que se refiere esta Disposición y en los supuestos no previstos en la misma, será aplicable la normativa de la Administración General del Estado reguladora de la materia.
Segunda. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de septiembre de 1993
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
ANEJO I
A) EN MATERIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 1-INSCRIPCION REGISTRO SEMILLAS Y PLANTAS DE VIVEROS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: ORDEN DE LA CONSEJERIA DE A.P. DE 22-5-86 (BOJA 10-6-86). RES. D.G. AGRICULTURA, GANADERIA Y
MONTES DE 4-9-91 (BOJAS 14-9-91).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 2-INSCRIPCION REGISTRO NUCLEOS ZOOLOGICOS. NORMATIVA DE REFERENCIA: DECRETO 1119/75 DE 24-4, (BOE 29-5-75). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: TRES MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 3-INSCRIPCION EN REGISTRO VENDEDORES DE INSECTICIDAS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: RESOLUCION DIRECCION GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES DE 20-7-87 (BOJA 28-7-87).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: SEIS MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 4-AUTORIZACION PLANTACION DE VIÑEDOS. NORMATIVA DE REFERENCIA: R.D. 1193/91 DE 26-7 (BOE 1-8-91). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: SEIS MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 5-INSCRIPCION REGISTRO MAQUINARIA AGRICOLA. NORMATIVA DE REFERENCIA: ORDEN MINISTERIAL DEL 4-10-77 (BOE 15-10-77). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: TRES MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 6-INSCRIPCION REGISTRO VEHICULOS PARA TRANSPORTES DE GANADO.
NORMATIVA DE REFERENCIA: DECRETO 2641/71 DE 13-8 (BOE 4-11-71). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 7-INSCRIPCION REGISTRO DE FABRICANTES MAYORISTAS, MINORISTAS DE ABONO.
NORMATIVA DE REFERENCIA: R.D. 2430/85 DE 4-12 (BOE 31.12.85). R.D. 72/88 DE 5-2 (BOE 6-2-88).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 8-INSCRIPCION EN EL REGISTRO OFICIAL DE ESTABLECIMIENTOS E INSCRIPCION EN EL
SERVICIO DE PLAGUICIDAS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: R.D. 3349/83 DE 30-11 (BOE 24-1-84). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: SEIS MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 9-INSCRIPCION REGISTRO EXPLOTACIONES APICOLAS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: ORDEN DE C. AGRICULTURA Y PESCA 23-10-86 (BOJA 31-10-86), CAPITULO V TITULO I.
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 10-EXPEDICION DE GUIAS DE ORIGEN Y SANIDAD PECUARIAS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: LEY 4-2-55 (BOE 25-3-55).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: CINCO DIAS.
EFECTOS: DESESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 11- INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE EXPLOTACIONES AVICOLAS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: DECRETO 2602/68, 17-10 (BOE 28-10-68). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 12-INSCRIPCION REGISTRO EXPLOTACIONES PORCINAS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: DECRETO 2641/71, 13-8 (BOE 4-11-71). R.D. 1132/81 DE 24-4 (BOE 16-6-81).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 13- AYUDA A AGRUPACIONES DE TRATAMIENTOS INTEGRADOS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: ORDEN MINISTERIAL DE 17-11-89. (BOE 22-11-89). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: SEIS MESES.
EFECTOS: DESESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 14- AUTORIZACION FERIAS Y CONCURSOS. NORMATIVA DE REFERENCIA: CAPITULO VI, TITULO I DEL DECRETO 4-2-55, (BOE 25-3-55) Y DISPOSICIONES DE DESARROLLO.
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 15- INDEMNIZACION POR SACRIFICIOS DE GANADOS EN CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADEROS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: CAPITULO XIV, DEL TITULO II DEL DECRETO 4-2-55 (BOE 25-3-55) Y DISPOSICIONES DE DESARROLLO.
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: TRES MESES.
EFECTOS: DESESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 16- EXPEDICION DE CARTILLAS GANADERAS. NORMATIVA DE REFERENCIA: ORDEN MINISTERIAL DE 28-3-72, (BOE 29-4-72), RESOLUCION DE LA D.G. DE PRODUCCION AGRARIA DE
29-12-73 (BOE 11-2-74).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: UN MES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 17-INSCRIPCION EN REGISTRO RESES BRAVAS. NORMATIVA DE REFERENCIA: ORDEN DE 31-7-91 (BOE 29-8-91). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: TRES MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 18- INSCRIPCION EN REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS ZOOSANITARIOS.
NORMATIVA DE REFERENCIA: R.D. 163/81 23-1-81, (BOE 26-1-81). PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: TRES MESES.
EFECTOS: ESTIMATORIO.
B) EN MATERIA DE MONTES PUBLICOS, VIAS PECUARIAS Y ASENTAMIENTOS.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 1- DELIMITACION DE VIAS PECUARIAS. NORMATIVA DE REFERENCIA: Art. 2 de Ley 22/74 de 27-6 de Vías P. (BOE 29-6-74). R.D. 2876/78 de 3-11 (BOE 12-12-92).
PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION: 6 MESES.
EFECTOS: DESESTIMATORIO.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO: 2- CONCURSO...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba