DECRETO 237/2000, de 23 de mayo, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito durante el ejercicio 2000 para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con...

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 237/2000, de 23 de mayo, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito durante el ejercicio 2000 para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario.

Como en anteriores ejercicios, la Administración de la Junta de Andalucía establece mediante el presente Decreto el procedimiento para la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de los préstamos que, durante el ejercicio 2000, concierten las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario, correspondiente al ejercicio 2000.

Esta cooperación se hará extensiva a los créditos contraídos por dichas Corporaciones y destinados a sufragar el coste de materiales de los proyectos de obras y servicios realizados en colaboración con el Inem, en aplicación de los Fondos Adicionales del ejercicio 1999, toda vez que no pudo darse cumplimiento a este compromiso en el citado ejercicio al determinarse la aportación estatal -obligado referente de la Administración Autónoma-con posterioridad a la promulgación de Decreto 217/1999, de 26 de octubre, norma ésta que daba cobertura en dicho período a este programa de ayudas públicas.

Asimismo, la presente norma dará cobertura suplementaria a la cofinanciación de aquellos proyectos de obras, aprobados por las Comisiones Provinciales de Seguimiento de Granada, Huelva, Jaén y Sevilla, que originariamente tenían cabida en el Convenio Inem-Junta de Andalucía correspondiente

a los Fondos Adicionales de 1998, pero que, al no haberse suscrito acuerdo jurídico ni haber sido promulgada norma alguna que habilitara la financiación de los mismos, la Consejería de Gobernación y las Diputaciones Provinciales implicadas habilitan mediante el presente Decreto el marco jurídico y los fondos necesarios para ello, una vez comprobada la adecuada ejecución de los proyectos afectados y su valoración final.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de mayo de 2000,

DISPONGO

Artículo 1 Cooperación de la Administración de la Junta de Andalucía a la financiación del Programa de Fomento del Empleo Agrario 2000 y de los Fondos Adicionales del ejercicio 1999 y remanentes de 1998.

La Administración de la Junta de Andalucía cooperará, en los términos del presente Decreto, a la financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales para la ejecución de las obras o servicios que las Corporaciones Locales efectúen en concierto con el Inem de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario para 2000, así como la aplicación de los Fondos Adicionales del ejercicio 1999 y proyectos remanentes de los Fondos...

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