DECRETO 260/2003, de 16 de septiembre, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales Andaluzas con Entidades de crédito durante el ejercicio 2003, para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en...

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 260/2003, de 16 de septiembre, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales Andaluzas con Entidades de crédito durante el ejercicio 2003, para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario.

Como en anteriores ejercicios, la Administración de la Junta de Andalucía establece mediante el presente Decreto el procedimiento para la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de los préstamos que, durante el ejercicio 2003, concierten las Diputaciones Provinciales andaluzas con Entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario, correspondiente al ejercicio 2003.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de septiembre de 2003,

DISPONGO

Artículo 1 Cooperación de la Administración de la Junta de Andalucía a la financiación del Programa de Fomento del Empleo Agrario 2003.

La Administración de la Junta de Andalucía cooperará, en los términos del presente Decreto, a la financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales andaluzas para la ejecución de las obras y servicios que las Corporaciones Locales efectúen en concierto con el Inem de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario para 2003.

A estos efectos, se suscribirá un Convenio tripartito por la Administración de la Junta de Andalucía, las Diputaciones Provinciales andaluzas y la Entidad de crédito que corresponda, para determinar las condiciones financieras, así como Con venios de colaboración entre las Administraciones Autonómica y Provincial para fijar los porcentajes de aportación de la Administración de la Junta de Andalucía y de cada una de las Diputaciones Provinciales.

Artículo 2 Objeto de la subvención.

Las Diputaciones Provinciales andaluzas podrán solicitar de la Administración de la Junta de Andalucía la subvención de los préstamos que concierten para sufragar el coste de los materiales de los proyectos de obras y de servicios que la propia Diputación Provincial y las Corporaciones Locales ejecuten en colaboración con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario para el ejercicio 2003.

Esta subvención estará constituida por un porcentaje de las cuotas de amortización de capital e intereses de los préstamos concertados para financiar el coste de materiales fungibles previstos en los proyectos de obras y servicios, así como la adquisición de maquinaria, utensilios y elementos de transportes necesarios para la ejecución de los mismos, siempre que la cantidad prevista para éstos no supere el 5% del total de los importes que, en concepto de materiales, subvencionen las Administraciones Autonómica y Provincial. No obstante, el titular de la Consejería de Gobernación podrá autorizar motivadamente la superación de este límite para casos concretos.

Artículo 3 Finalidad de la subvención

Base para su determinación.

La subvención de la Administración de la Junta de Andalucía a los proyectos de obras y servicios irá destinada exclusivamente a sufragar la cantidad que para coste de...

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