Decreto 483/2008, de 28 de octubre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Diciembre de 2008
Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social tiene atribuida, entre sus competencias, realizar las actuaciones pertinentes para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de Apoyo a las Familias Andaluzas en lo relativo a conciliar la vida familiar y laboral, ofertando plazas en Centros de Atención Socio-Educativa (CASE) para aquellas familias que reúnan los requisitos establecidos en el citado Decreto.

En este sentido, debido a la demanda, para el curso 2007-2008 se ha aumentado y/o acondicionado el número de aulas en determinados CASE, lo que ha conllevado un incremento en el número de plazas en relación con su capacidad actual.

Asimismo, se han puesto en funcionamiento las nuevas instalaciones del Centro de Protección de Menores «Tolosa Latour» en la localidad de Chipiona (Cádiz), con una mayor capacidad de plazas para menores de acogida no acompañados, adecuando las condiciones físicas y funcionales del centro al servicio que presta, permitiendo, de este modo, descongestionar algunos centros de la provincia que contaban con un número superior de usuarios en relación a la capacidad para la que están preparados, proporcionando así un servicio de mayor calidad.

Por todo ello, es necesario abordar la actualización de la relación de puestos de trabajo en estos centros, dependientes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, creando los puestos de trabajo que se consideran imprescindibles para el cumplimiento de las funciones y cometidos que tienen asignados.

Según lo previsto en el artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, con informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión...

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