DECRETO 302/2007, de 18 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 302/2007, de 18 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

El presente Decreto aborda la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, que afecta a determinados centros residenciales para personas mayores y centros de atención socioeducativa.

Por un lado, con el objeto de llevar a la práctica la adecuación funcional para la mejora de la calidad asistencial en los centros residenciales para personas mayores, se ha esti-

mado procedente la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a los centros residenciales para personas mayores de «El Palo» (Málaga) y de Úbeda (Jaén), en los que se está acometiendo progresivamente una reforma integral con el fin de reconvertir plazas de atención a personas válidas en plazas de atención a personas asistidas. Dicha reforma tiene, como especial incidencia, la necesidad de incremento del número de puestos de trabajo adscritos a la categoría profesional de Auxiliar de Clínica y Ayuda a Domicilio para adaptar la plantilla de personal, para dar cumplimiento a la ratio de puestos por usuario establecida en la Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de fecha 3 de julio de 2006, de modificación parcial de la Orden de 1 de julio de 1997, por la que se regula la acreditación de los centros de atención especializada a las personas mayores y personas con discapacidad.

Por otro lado, dentro del marco de desarrollo social impulsado por el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, se ha puesto en funcionamiento el centro de atención socioeducativa «Arco e Iris», se ha aumentado la capacidad de otros centros de atención socioeducativa, así como de la «Residencia Asistida Marchena». La incorporación de nuevos centros y la ampliación de otros hace que sea necesario modificar la relación de puestos de trabajo para adaptarla a las nuevas necesidades. Asimismo, teniendo en consideración lo establecido en el Decreto 48/2006, de 1 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas, entre las que se incluyen las relativas a los centros de atención socioeducativa a niños y niñas menores de tres años, se hace necesario reforzar la relación de puestos de trabajo de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, dotándola de los recursos humanos necesarios de la categoría profesional de Técnico Superior en Educación Infantil.

Según lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación del presente Decreto en el seno de la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de diciembre de 2007,

D I S P O N G O

Artículo único Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social queda modificada en los términos expresados en el Anexo de este Decreto.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de la aprobación de este Decreto se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 18 de diciembre de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARÍA JOSÉ LÓPEZ GONZÁLEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

Código

Denominación

N ú m

A d s

Grupo

Exp

Área Funcional/Área Relacional/Cat.Prof.

RFIDP

Titulación

Formación

Modo Acceso

Tipo Adm.

Cuerp

o

CARACTERÍSTICAS ESENCIALES REQUISITOS PARA EL DESEMPEÑO

Localidad

Otras Características

C.D. C.E.

  1. Específico

    EUROS

    CONSEJERIA/ORG. AUTÓNOMO: IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

    CENTRO DIRECTIVO:

    D.P.IGUALDAD Y B.SOCIAL DE CADIZ

    ALGECIRAS ALGECIRAS BARBATE

    BARRIOS [LOS]

    TARIFA

    CENTRO DESTINO:

    C.AT.SOC.ED. LOS NAVEGANTES

    CENTRO DESTINO:

    C.AT.SOC.ED. ENTRE MARES

    CENTRO DESTINO:

    C.AT.SOC.ED. LA TRAIÑA

    CENTRO DESTINO:

    C.AT.SOC.ED. VIRGEN DE LA PAZ

    CENTRO DESTINO:

    C.AT.SOC.ED. NTRA. SRA. DE LA LUZ

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO..........

    PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO..........

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    8

    1

    2

    5

    6

    L L L L

    L

    00

    00

    00

    00

    00

    XX---

    X----

    X----

    XX---

    XX---

    850510

    9639310

    9686410

    852310

    866710

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    PERSONAL SERVICIO DO PERSONAL SERVICIO DO

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    PC,S S,PC S,PC PC,S

    PC,S III V V

    III III

    2.117,88

    1.636,20

    1.636,20

    2.117,88

    2.117,88

    850510

    9968010

    9864310

    9864110

    9864210

    9639310 9661210

    9864610

    9864410

    9864510

    9686410

    852310

    866710

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    COCINERO................................

    OFICIAL SEGUNDA DE OFICIOS..............

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    OFICIAL PRIMERA COCINERO................

    PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO.......... COCINERO................................

    OFICIAL SEGUNDA DE OFICIOS..............

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    OFICIAL PRIMERA COCINERO................

    PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO..........

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL.....

    10

    1

    1

    4

    1

    3 1

    1

    4

    1

    3

    6

    8

    III IV IV III

    III V E IV

    III III V III

    III L L L

    L L L

    F L L L

    L L L PC,S

    PC,S S,PC S,PC S,PC

    PC,S PC,SO S,PC

    S,PC S,PC S,PC PC,S

    S,PC

    P-E2

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    COCINERO

    OFICIAL 2ª OFICIOS

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    OFICIAL PRIMERA COCI PERSONAL SERVICIO DO

    ADM. PÚBLICA

    OFICIAL 2ª OFICIOS

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    OFICIAL PRIMERA COCI PERSONAL SERVICIO DO

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    TEC.SUP.EDUC.INFANT

    00

    00

    00

    00

    00

    00 12

    00

    00

    00

    00

    00

    00

    XX---

    X----

    X----

    XX---

    X----

    X---X-XX-

    X----

    XX---

    X----

    X----

    XX---

    XX---

    2.117,88

    1.752,84

    1.809,00

    2.117,88

    2.162,88

    1.636,20 5.876,28

    1.809,00

    2.117,88

    2.162,88

    1.636,20

    2.117,88

    2.117,88

    ALGECIRAS ALGECIRAS BARBATE

    BARRIOS [LOS]

    TARIFA ALGECIRAS ALGECIRAS ALGECIRAS

    ALGECIRAS ALGECIRAS ALGECIRAS

    ALGECIRAS PLAZAS A EXTINGUIR: 1

    BARBATE BARBATE BARBATE BARBATE

    BARRIOS [LOS]

    TARIFA MODIFICADOS AÑADIDOS MODIFICADOS

    SUPRIMIDOS AÑADIDOS MODIFICADOS MODIFICADOS

    MODIFICADOS

    Código

    Denominación

    N ú m

    A d s

    Grupo

    Exp

    Área Funcional/Área Relacional/Cat.Prof.

    RFIDP

    Titulación

    Formación

    Modo Acceso

    Tipo Adm.

    Cuerp

    o

    CARACTERÍSTICAS ESENCIALES REQUISITOS PARA EL DESEMPEÑO

    Localidad

    Otras Características

    C.D. C.E.

  2. Específico

    EUROS

    CONSEJERIA/ORG. AUTÓNOMO: IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

    CENTRO DIRECTIVO:

    D.P.IGUALDAD Y B.SOCIAL DE GRANADA

    BAZA GUADIX LOJA MOTRIL

    CENTRO DESTINO:

    C.AT.SOC.ED. SANTO ANGEL

    ...

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