DECRETO 56/2005, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por las heladas ocurridas en el mes de enero de 2005 en Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 56/2005, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por las heladas ocurridas en el mes de enero de 2005 en Andalucía.

Durante los últimos días del mes de enero de 2005, las b ajas temperaturas persistentes durante varios días consecutivos provocaron graves daños por heladas en numerosos cultivos agrícolas de Andalucía.

Esta situación adversa ha dado lugar a pérdidas económicas muy importantes en las explotaciones agrarias afectadas de Andalucía.

Para hacer frente a los daños ocasionados por estos fenómenos meteorológicos, el actual sistema de seguros agrarios presenta, entre sus coberturas, los daños por las heladas, siempre que se hayan producido durante el período de garantía.

Este siniestro ha tenido lugar cuando para determinadas especies cultivadas todavía no se ha iniciado el período de garantía, o bien para otras cuyo período de garantía ha finalizado, con el consiguiente desamparo que ello supone para los titulares de las explotaciones agrarias afectadas.

Mediante el Real Decreto-Ley 1/2005, de 4 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por las heladas acaecidas en el mes de enero de 2005, por el Gobierno del Estado se han adoptado una serie de medidas de aplicación en todas las Comunidades Autónomas afectadas.

Pero además, ante esta situación, tras el análisis de la información disponible en relación con los daños apreciados, y en espera de la determinación definitiva de los daños producidos en los diversos cultivos, se considera conveniente establecer para su aplicación en Andalucía una serie de medidas de carácter excepcional que palien, en lo posible, sus graves efectos y que permitan la recuperación económica de las explotaciones afectadas.

Las medidas que se contemplan en el presente Decreto se enmarcan dentro de las ayudas a compensar a los agricultores por pérdidas debidas a condiciones climáticas adversas, en los términos establecidos por las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y son, fundamentalmente, de 3 tipos, indemnizaciones por daños en producciones agrícolas, bonificaciones de los intereses de préstamos y ayudas para la reposición de los cultivos afectados.

La presente disposición se dicta en ejercicio de las competencias asumidas por esta Comunidad Autónoma, en virtud del artículo 18.1.4.ª de su Estatuto de Autonomía, en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y la política monetaria del Estado y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11 y 13 de la Constitución.

En su virtud, al amparo de lo previstoen el artículo 39.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Admi nistración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de marzo de 2005,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El objeto del presente Decreto es el establecimiento de medidas urgentes destinadas a paliar los daños ocasionados por las heladas acaecidas en el mes de enero de 2005, en las explotacionesagrarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma Andalucía, con un nivel de pérdidas de producción bruta de al menos, un 20 por ciento en zonas desfavorecidas, y un 30 por ciento en las demás zonas, de conformidad con los criterios establecidos por la Unión Europea.

  2. La Consejería de Agricultura y Pesca, oídas las organizaciones representativas del sector, y mediante el correspondiente desarrollo normativo delimitará el ámbito territorial afectado por las medidas previstas en este Decreto.

Artículo 2 Indemnización de daños en producciones agrícolas.

La Consejería de Agricultura y Pesca establecerá ayudas para aquellas explotaciones agrarias que hayan sufrido daños por las heladas, en el marco de lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR