RESOLUCION de 27 de julio de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Otura a la Zubia», desde el límite de término de Otura hasta el Camino de Traslastapia, exceptuando la zona urbana, en el término municipal de Gójar (Granada) (VP*199/04).

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 27 de julio de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Otura a la Zubia», desde el límite de término de Otura hasta el Camino de Traslastapia, exceptuando la zona urbana, en el término municipal de Gójar (Granada) (VP*199/04). Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Otura a la Zubia», desde el límite de término de Otura hasta el Camino de Traslastapia, exceptuando la zona urbana, en el término municipal de Gójar (Granada), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vías pecuarias del término municipal Gójar, provincia de Granada, fueron clasificadas por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1969, publicada en el BOE de fecha 13 de noviembre de 1969.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 17 de mayo de 2004, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Colada de Otura a la Zubia» actuación enmarcada dentro del deslinde de diversas vías pecuarias que conforman el Sistema de Espacios Libres en una aglomeración urbana de Granada, Fase II.

Por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de 20 de octubre de 2005, se acordó la ampliación en nueve meses del plazo fijado para dictar la resolución del expediente.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 23 de septiembre de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 167, de 31 de agosto de 2004. En dicho acto no se recogieron manifestaciones.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 188, de fecha 3 de octubre de 2005.

Quinto. En los Trámites de Audiencia y Exposición Pública se ha presentado una alegación que es objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Sexto. Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de 19 de junio de 2005 se acordó la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el procedimiento hasta la recepción del Informe del Gabinete Jurídico.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe, con fecha 10 de julio...

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