DECRETO 299/1988, de 11 de octubre, sobre renovacion de los órganos de gobierno de determinadas Cajas de Ahorros Andaluzas y modificación del Decreto 99/1986, de 28 de mayo, que desarrolla la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de regulación de las normas básicas sobre órganos rectores de las Cajas de Ahorros en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Planificación
Rango de LeyDecreto

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional nº 49/1988, de 22 de marzo, entre otros pronunciamientos declara inconstitucional y, por tanto, nulo, el penúltimo párrafo del nº 3 del artículo 2º de la Ley 31/1985, de

2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros.

El artículo 5º.2 del Decreto 99/1986, de 28 de mayo que desarrolla la Ley 31/1985, de 2 de agosto, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, es asimismo inconstitucional en todo lo que coincide con el contenido del artículo examinado por el Tribunal Constitucional, por lo que es necesario que se proceda por las Cajas de Ahorros afectadas a integrar debidamente sus Organos de Gobierno.

Tal es el proceso que quiere impulsar el presente Decreto, que a la vez adecúa el Decreto 99/1986, de 28 de mayo, a lo dictado por el Tribunal Constitucional en su sentencia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Planificación, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de octubre de 1988

D I S P O N G O:

Artículo único El párrafo primero del número 3 del artículo del Decreto 99/1986, de 28 de mayo, por el que se desarrolla la Ley 31/1985, de 2 de agosto, queda redactado del siguiente modo: "A los efectos de la determinación de los Consejeros generales representantes de Corporaciones Municipales, se elaborará una relación de estas Corporaciones en que la Caja de Ahorros tenga oficinas operativas".
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. En el plazo de tres meses, a contar desde la publicación del presente Decreto, y previas las modificaciones estatutarias que resulten necesarias, las Cajas de Ahorros fundadas por Corporaciones Locales procederán a renovar el 40% de sus Consejeros generales. Dicha renovación se llevará a cabo dentro del grupo de los designados en su día por la Entidad fundadora.

Corresponderá a las Corporaciones Municipales en...

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