Decreto 73/1981, de 14 de diciembre, de creación, organización y funcionamiento de la Comisión Andaluza de Medio Ambiente. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por acuerdo del Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, adoptado en sesión de 16 de noviembre de 1981, se instó al Consejero de Política Territorial e Infraestructura a quien se adscribía la titularidad de la Consejería de Medio Ambiente, a que propusiera al Consejo Permanente un Decreto que crease y regulase el funcionamiento de la Comisión Andaluza de Medio Ambiente.

Adecuada ya la estructura orgánica de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura a la nueva realidad administrativa creada, y consecuentemente al mandato antes aludido, se hace pues preciso crear un órgano que responda a tal fin.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial e Infraestructura, y previa deliberación del Consejo Permanente en su sesión de 14 de diciembre de 1981,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se crea la Comisión Andaluza de Medio Ambiente, como órgano superior de carácter consultivo y coordinador de las actuaciones de los diferentes órganos de la Junta de Andalucía cuya actividad tenga incidencia en el Medio Ambiente, dentro del ámbito territorial de Andalucía.

La Comisión Andaluza de Medio Ambiente tendrá carácter de Comisión Delegada del Consejo Permanente para temas medioambientales, en virtud del artículo

16 i) de las vigentes normas reglamentarias de Régimen Interior de la Junta de Andalucía.

A los efectos contenidos en el presente Decreto, se entiende por medio ambiente el conjunto de bienes que integran el suelo, las aguas, la atmósfera, la flora, la fauna, el patrimonio histórico y artístico, los asentamientos humanos, todos los recursos naturales y en general todos aquellos factores que configuran el entorno en que se desarrolla la actividad del hombre.

Artículo 2º

Serán funciones de la Comisión Andaluza de Medio Ambiente:

  1. Establecer los criterios pertinentes, en aras de la programación unitaria de todas las actuaciones de los distintos órganos de la Junta de Andalucía que incidan en el Medio Ambiente.

  2. Velar por el cumplimiento de los objetivos que se contengan en los planes que afecten a la ordenación, defensa y mejora del medio ambiente.

  3. Estudiar e informar los planes de investigación, protección y defensa del medio ambiente.

  4. Canalizar la labor de denuncia e inspección que sobre la materia se realicen por los administrados o colectivos públicos o privados.

  5. Promover campañas de...

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