ORDEN de 14 de julio de 1993, por la que se convoca concurso de promoción al Grupo II entre el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía. 

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyOrden

La provisión de puestos de trabajo del Personal Laboral Fijo al Servicio de la Junta de Andalucía, se realiza de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Andalucía y art. 14 del III Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, en lo que no haya sido modificado por la citada Disposición Transitoria.

Acordadas las vacantes que se puedan ofertar al Concurso de Promoción, de acuerdo con lo establecido en la citada Disposición Transitoria Primera del IV Convenio Colectivo y art. 14 del III Convenio Colectivo, procede efectuar la convocatoria del Concurso de Promoción. En su virtud, esta Consejería, al amparo de lo establecido en el art. 5 de la Ley 6/85, de 28 de Noviembre de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en relación con el art. 3 del Decreto 130/1986, de 30 de Julio, en el Decreto 132/1991, de 9 de Julio, y en uso de las competencias que tiene atribuida por Decreto 255/1987 de 28 de Octubre, apartado j) de su art. 2.2 (BOJA N.96), resuelve convocar el presente Concurso, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA: Objeto.

  1. - De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral (BOJA de 19 de enero de 1993) y el art. 14 del III Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se convoca Concurso de Promoción entre el Personal Laboral Fijo o Fijo Discontinuo, al Servicio de la Junta Andalucía, para cubrir las plazas de las categorías profesionales integradas en el Grupo Profesional Segundo y que figura relacionadas en el Anexo I de esta convocatoria según Acuerdo de la Comisión del Convenio de fecha 23 de Junio de 1993.

    SEGUNDA: Requisitos de los aspirantes.

    De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del IV Convenio Colectivo y art. 14 del III Convenio Colectivo podrán participar en el presente concurso quienes a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes reúnan los siguientes requisitos:

    1. Estar vinculados a la Administración de la Junta de Andalucía, y dentro del ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo, por una relación jurídica de naturaleza laboral y de duración indefinida, es decir, quienes a la fecha de terminación del referido plazo ostente la condición de personal laboral fijo o fijo-discontinuo al servicio de la Junta de Andalucía.

    2. Acreditar una permanencia mínima de dos años con el carácter de fijo o fijo-discontinuo en el mismo Grupo Profesional desde el que se concursa.

    3. Poseer los requisitos exigidos por el art. 10 del del vigente Convenio Colectivo, los exigidos por la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio de la Junta de Andalucía en razón de la categoría profesional y grupo profesional al que pertenezcan las vacantes a que se aspira promocionar y las titulaciones propias de la categoría profesional a la que se aspira.

    4. Ostentar una categoría profesional perteneciente a grupo profesional inferior a aquel al que pertenezcan las vacantes a la que se aspira. TERCERA: Vacantes.

    Los solicitantes podrán aspirar a cualquiera de las categorías...

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