Orden de 28 de abril de 2011, por la que se aprueba el Programa Integral de Empleo para Personas Jóvenes en Andalucía y se modifican las Órdenes que se citan.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se reforma el Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 169.3, que se diseñarán y establecerán políticas concretas para la inserción laboral de los colectivos con especial dificultad en el acceso al empleo. El empleo es uno de los principales elementos vertebradores del desarrollo personal y profesional y, por tanto, de suma importancia en el establecimiento del orden y la equidad social. En este marco, uno de los principales retos de las políticas de empleo es aumentar la probabilidad de las personas para encontrar y mantener un empleo de calidad mediante la mejora de su empleabilidad.

Los desajustes del mercado de trabajo, provocados tanto por factores estructurales del cambio socio-económico como por los derivados de la actual crisis económica, han tenido como uno de sus efectos más visibles la destrucción de empleo. Ante esta situación, desde la Administración del Estado se ha trabajado en una doble vertiente: por un lado se ha entendido ineludible la activación durante el año 2011 de un plan de choque destinado especialmente a la reducción del desempleo de jóvenes y de personas en paro de larga duración. Dicho Plan se concreta en el Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, en el que se contemplan, entre otros, un programa excepcional de empleo para la transición hacia la contratación estable destinado a incrementar las posibilidades de empleabilidad de los jóvenes y personas en desempleo de larga duración; un programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo; y un conjunto de acciones de mejora de la empleabilidad que, a través de itinerarios individuales y personalizados de empleo, combinen actuaciones de orientación y formación para el empleo dirigidas, entre otros, a jóvenes y mayores de 45 años en situación de desempleo de larga duración.

Por otro lado, y desde una segunda perspectiva, se ha asumido la limitada efectividad de las vigentes políticas activas de empleo ante la realidad del mercado laboral, y la necesidad urgente de una importante transformación del conjunto de medidas dirigidas a fomentar la empleabilidad y calidad en el empleo. Mediante la publicación del Real Decreto-Ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, se incide en tres cuestiones fundamentales: aumentar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas, especialmente jóvenes y paradas de larga duración; responder mejor a las necesidades de las empresas para cubrir sus ofertas de empleo; y potenciar la actuación de los servicios de empleo como instrumentos para la gestión del capital humano en el nuevo modelo económico más equilibrado y productivo, mediante la realización de acciones y medidas de inserción laboral de colectivos que, de forma estructural o coyuntural, presentan especiales dificultades para el acceso y la permanencia en el empleo.

En Andalucía, de entre las personas afectadas por la situación de desempleo, las jóvenes menores de 30 años y las mayores de 45 años son quienes más notablemente están sintiendo las dificultades de incorporación o, en su caso, de reincorporación al mercado de trabajo. A este particular, la EPA 2010 cifra la tasa de paro de las personas jóvenes andaluzas en el 49,4%, es decir, una de cada dos personas paradas en Andalucía es menor de 30 años.

Ante la situación descrita se hace ineludible que la Administración Pública intervenga de forma urgente prestando especial atención a los jóvenes, estableciendo dispositivos que les permitan el adecuado posicionamiento en el mercado de trabajo a través de las oportunas capacitación y experiencias profesionales. Tal actuación encuentra su encaje dentro de las políticas activas de empleo, diseñando para ello programas específicos para colectivos que se hayan establecido como prioritarios.

Junto a ello, el VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía firmado el 24 de noviembre de 2009 por la Junta de Andalucía, la Confederación de Empresarios de Andalucía, la Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones Obreras de Andalucía apuesta claramente por la incorporación al mercado de trabajo de los y las jóvenes andaluces. Los jóvenes están presentes, de forma prioritaria y transversal, en los distintos ejes de actuación del Acuerdo. En el ámbito del empleo, todas las medidas y servicios gestionados por el Servicio Andaluz de Empleo atienden con carácter prioritario a los jóvenes.

Sobre la base de lo expuesto, y en el marco de las competencia que le están atribuidas a la Consejería de Empleo por el artículo 5 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, a través del citado Servicio se ha procedido a revisar todas y cada una de las Políticas Activas de Empleo y de Intermediación Laboral de la Junta de Andalucía para adecuarlas y ponerlas al servicio de este colectivo, con un enfoque que se ajuste al mismo, a la vez que se las dota de una mayor eficacia y eficiencia.

En este contexto, el Servicio Andaluz de Empleo pone en marcha la primera experiencia de Gobierno Abierto dirigido específicamente a la población joven. A través de la web lovasalograr.es y su integración en las redes sociales se ha contado con las propuestas de los jóvenes, las cuales se han tenido en cuenta para mejorar las políticas públicas de empleo en Andalucía y para dar forma al Nuevo Programa Integral de Empleo Joven, el Programa Motiva.

El resultado es la puesta en marcha, a través de la presente Orden, del Programa Motiva, en el que se aglutinan las distintas actuaciones específicamente concebidas para mejorar la empleabilidad de este colectivo en el marco de la normativa reguladora de las mismas, procediendo asimismo a modificar las siguientes Órdenes:

- Orden de 14 de enero de 2004, de la Consejería de Empleo, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas por el Servicio Andaluz de Empleo, de la Consejería de Empleo en el ámbito de la colaboración con entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores desempleados para la realización de Proyectos y Servicios de Interés General y Social. En relación con esta Orden, y por razones de oportunidad y técnica normativa, se procede a incluir las modificaciones necesarias para dotar de mayor transparencia y agilidad a la tramitación de las ayudas.

- Orden de 21 de enero de 2004, de la Consejería de Empleo, por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las corporaciones locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local.

- Orden de 10 de mayo de 2005, de la Consejería de Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2005 de las subvenciones destinadas a Consorcios Escuela de Formación para el Empleo participados por la Junta de Andalucía.

- Orden de 21 de julio de 2005, de la Consejería de Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de incentivos a la contratación con carácter indefinido reguladas en el Decreto 149/2005, de 14 de junio.

- Orden de 5 de diciembre de 2006, de la Consejería de Empleo, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.

- Orden de 15 de marzo de 2007, de la Consejería de Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía.

- Orden de 11 de mayo de 2007, de la Consejería de Empleo, por la que se regulan los programas de fomento de la empleabilidad y la cultura de la calidad en el empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.

- Orden de 26 de diciembre de 2007, de la Consejería de Empleo, por la que se desarrollan los Programas de Orientación Profesional, Itinerarios de Inserción, Acciones Experimentales, Estudios y Difusión sobre el Mercado de Trabajo, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acompañamiento a la Inserción, establecidos por el Decreto 85/2003, de 1 de abril, y se determinan las bases reguladoras de concesión de ayudas para su ejecución.

- Orden de 31 de octubre de 2008, de la Consejería de Empleo, por la que se establece el plan extraordinario para la mejora de la empleabilidad de las personas demandantes de empleo y se regulan y convocan las ayudas para la ejecución del mismo.

- Orden de 23 de octubre de 2009, de la Consejería de Empleo, por la que se desarrolla...

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