Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se confina al municipio de Montefrío de la provincia de Granada por superar 1.000 casos de infecciones por el SARS-Cov-2 por cada 100.000 habitantes en 14 días.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Familias
Rango de LeyOrden

El Gobierno de la Nación dictó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaraba el segundo estado de alarma de carácter nacional para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2, prorrogado hasta el 9 de mayo de 2021 mediante real decreto 956/2020, de 3 de noviembre.

En este real decreto de estado de alarma, que afecta a todo el territorio nacional, se determinó, entre otras medidas, la posibilidad de que la autoridad competente delegada, esto es, la presidencia de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, pudiera establecer la restricción de la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma o de ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la comunidad autónoma. Durante este periodo de vigencia del estado de alarma, el confinamiento de poblaciones se ha mostrado como un instrumento fundamental en la lucha contra la transmisión del SARS-Cov-2.

La finalización del estado de alarma el 9 de mayo de 2021, sin embargo no ha puesto fin a la declaración de emergencia de salud pública realizada por la OMS, de ahí la necesidad de que, en base a la normativa estatal y autonómica, la autoridad sanitaria competente adopte medidas de restricción de movilidad entre poblaciones. Dicha medida tiene su justificación en la expansión del virus a través de personas infectadas, con especial facilidad a través de personas asintomáticas. Epidemiológicamente se recomienda el aislamiento y confinamiento de poblaciones cuya incidencia sea muy elevada y mucho mayor respecto a las poblaciones vecinas, para evitar la diseminación del virus entre zonas de alta incidencia a zonas de baja incidencia.

El Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, constituido al amparo de lo dispuesto en el Decreto-ley 22/2020, de 1 de septiembre, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente diversas medidas ante la situación generada por el coronavirus, reunido el día 6 de mayo de 2021, ha decidido en base a la evaluación epidemiológica actual de Andalucía junto con el porcentaje de vacunación de la población andaluza, que los cierres perimetrales se produzcan cuando se superan los 1.000 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días, siempre que el municipio tenga una población superior a 5.000 habitantes.

El Comité Territorial de Salud Pública de Alto Impacto de la provincia de Granada decidió el día 6 de mayo de 2021 sobre la base del informe epidemiológico, restringir la libertad de movimiento en el perímetro municipal de Montefrío.

Montefrío ha presentado una incidencia por encima de 1.000 casos por 100.000 Hb. (1.637,5 casos por 100.000 Hb.) en los últimos 14 días. Esta incidencia está muy por encima a la incidencia provincial, que a esta misma fecha ha sido de 368,7 casos por 100.000 Hb. La tendencia ha sido de rápido crecimiento con una incidencia también superior a 1000 casos por 100.000 Hb. en la última semana y una razón de incidencia de 0,80...

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