Orden de 6 de abril de 2017, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Oleaginosas (colza y girasol) y Leguminosas grano (algarrobas, alhovas, almortas, altramuz, alverjones, guisantes, habas, garbanzos, judías secas, lentejas, titarros, vezas y yeros).
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural |
Rango de Ley | Orden |
La producción integrada es el sistema agrícola de producción que utiliza los mecanismos de regulación naturales, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la economía de las explotaciones y las exigencias sociales de acuerdo con los requisitos que se establezcan para cada cultivo en el correspondiente reglamento de producción, según lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas, y en el artículo 2 del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, modificado por el Decreto 7/2008, de 15 de enero.
Asimismo, el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, dispone en su artículo 3 que la Consejería de Agricultura y Pesca establecerá los Reglamentos Específicos de Producción Integrada para cada producto agrario y los transformados y elaborados a partir de los mismos, en los que se establecerán los requisitos de cada una de las operaciones de producción, transformación o elaboración, con el contenido mínimo que dicho artículo describe.
Por su parte, la Orden de 13 de diciembre de 2004, por la que se desarrolla el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por la que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y transformados, establece en su artículo 2, apartado 1, que los Reglamentos Específicos contemplarán las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas e incorporarán los requisitos generale de producción integrada en Andalucía, y en su apartado 2, que su aprobación se realizará mediante Orden de la persona titular dela Consejería de Agricultura y Pesca, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, en el ámbito de sus competencias y previa audiencia de las organizaciones representativas de los sectores afectados.
Mediante Orden de 1 de diciembre de 2015 se aprobó el Reglamento Específico de producción integrada de cereales de invierno; sin embargo se hace necesaria la redacción de un nuevo texto para dar cabida al resto de cultivos herbáceos extensivos cultivados en Andalucía, dando así respuesta a las crecientes demandas de la sociedad en cuanto a protección del medio ambiente, la salud y la calidad, lo...
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