Orden de 30 de noviembre de 2018, por la que se establece la distribución de los créditos derivada del Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como las reglas aplicables a la modificación, gestión y fiscalización de los créditos afectados.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

El Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, trae consigo una adecuación entre las secciones presupuestarias que figuran en los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, con objeto de proceder a una correcta gestión de los créditos. En este sentido, la disposición final cuarta del citado Decreto de la Presidenta faculta a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública para realizar las supresiones, transferencias y modificaciones de créditos necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el mismo.

Posteriormente, el 22 de junio de 2018 han entrado en vigor el Decreto 108/2018, de 19 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, y el Decreto 107/2018, de 19 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública y se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Asimismo, la disposición adicional segunda de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda a efectuar, en las secciones de gastos de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y, en su caso, agencias de régimen especial, las adaptaciones técnicas que procedan como consecuencia de reorganizaciones administrativas, mediante la creación de secciones, programas, servicios, proyectos de inversión y conceptos presupuestarios, así como de entes públicos, y para adecuar los créditos presupuestarios correspondientes.

La presente orden se adecua a los principios de buena regulación referidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, en virtud de los principios de necesidad y eficacia, la norma se dicta a fin de distribuir los créditos y regular distintos aspectos de la ejecución presupuestaria, como consecuencia de la reestructuración de Consejerías efectuada por el Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio. Se pretende dotar de claridad y seguridad jurídica a las actuaciones que deben realizarse para aplicar dicho decreto, desde el punto de vista presupuestario y contable.

Conforme a los principios de proporcionalidad y eficiencia, esta norma no impone obligaciones a la ciudadanía ni resulta restrictiva de derechos, debido a su carácter autoorganizativo.

Finalmente, esta orden proporciona a la ciudadanía información sobre los procesos necesarios para acomodar la gestión presupuestaria a la nueva estructura de las Consejerías afectadas, contribuyendo a la transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos.

Por otro lado, resulta conveniente arbitrar procedimientos y mecanismos presupuestarios y contables específicos respecto a los programas presupuestarios afectados por la reestructuración de las Consejerías.

Todas estas medidas económico-presupuestarias incidirán de forma inmediata en el ámbito de actuación tanto de las distintas oficinas de gestión, como de los órganos de intervención, precisando ser armonizadas a fin de minimizar sus efectos.

De conformidad con los artículos 13.c) y 34.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, corresponde a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para dictar las disposiciones y resoluciones relativas a la determinación de la estructura del Presupuesto de ingresos y gastos teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la organización de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial e instituciones.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, y la disposición final cuarta del Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, así como el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto efectuar la distribución de los créditos, entre las Consejerías afectadas, derivada del Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre la reestructuración de Consejerías. Asimismo, se incluyen determinados preceptos relativos a la modificación, gestión y fiscalización de los créditos afectados por la reestructuración de Consejerías.

Artículo 2 Codificación.

A los efectos de la gestión y contabilización del Presupuesto, los créditos mantendrán la codificación con que figuran en los estados de ingresos y de gastos de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, sin perjuicio de las competencias que en virtud del Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, correspondan a las personas titulares de las mismas.

Artículo 3 Créditos no afectados por la reestructuración.

Los créditos de las secciones presupuestarias que no se encuentren afectados por el Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, se gestionarán por las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR