Orden de 30 de agosto de 2019, por la que se modifica la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se regulan las modalidades y categorías de los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión, y se efectúa su convocatoria para 2018.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Rango de LeyOrden

El Decreto 68/1999, de 16 de marzo, crea los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca, con el objetivo de incentivar la concienciación y el interés de los ciudadanos, profesionales, empresas y entidades, tanto públicas como privadas, en su dedicación a las actividades agrarias y pesqueras, así como de reconocer y premiar a aquellos que destaquen en dichas actividades.

Mediante Orden de 20 de julio de 2018, se regulan las modalidades y categorías de los Premios de Andalucía de Agricultura y Pesca y su procedimiento de concesión, y se efectúa su convocatoria para 2017, introduciendo dentro de las dos modalidades de Premios creadas en el citado Decreto 68/1999, de 16 de marzo, seis categorías comunes a ambas.

La experiencia obtenida en anteriores convocatorias hace aconsejable una reducción del número de categorías comunes, a la vez que se elimina la posibilidad de conceder una Mención Especial.

Asimismo resulta necesario modificar la composición del jurado como consecuencia, fundamentalmente, de la necesidad de adaptar el mismo a la existencia de nuevos Órganos Directivos o a su desaparición fruto de la aprobación del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 48 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, así como de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, almadraba y pesca con artes menores, y la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131, y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución Española, en materia de ordenación del sector pesquero andaluz y en investigación, además de las competencias sectoriales en la materia que tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de...

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